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Del 10 al 28 de agosto de 2020 se lleva a cabo el segundo reforzamiento al empadronamiento permanente para las Elecciones Generales 2020, de manera IMPOSTERGABLE, escalonada y desconcentrada en las áreas urbana y rural. La presentación de la Cédula de identidad original es el único requisito para empadronarse en cualquiera de los puntos habilitados en ciudades y municipios.
En el segundo reforzamiento al empadronamiento permanente se atenderá a ciudadanos que cumplan 18 años de edad del 4 de mayo al 18 de octubre, a personas empadronadas en el exterior que hayan retornado a Bolivia después del 22 de marzo de 2020, y a quienes cambiaron de domicilio departamental únicamente, previa verificación de sistema.
Para registrarse en Bolivia, los ciudadanos empadronados en el exterior deben presentar su Cédula de identidad y un justificativo de su retorno al país.
Este proceso es fundamental para participar en las Elecciones Generales programadas para el 18 de octubre de 2020, y ejercer el derecho político amparado en la Constitución Política del Estado.
¿Quiénes deben empadronarse?
Si ya está inscrito en el Padrón electoral, votó en las últimas elecciones y no cambió de domicilio no es necesario que se empadrone.
Para registrarse en Bolivia, los ciudadanos empadronados en el exterior deben presentar su Cédula de identidad y un justificativo de su retorno al país.
Este proceso es fundamental para participar en las Elecciones Generales programadas para el 18 de octubre de 2020, y ejercer el derecho político amparado en la Constitución Política del Estado.
¿Quiénes deben empadronarse?
- Personas que cumplieron o que cumplan 18 años del 4 de mayo al 18 de octubre de 2020.
- Personas empadronadas en el exterior que retornaron al país después del 22 de marzo de 2020 en época de pandemia.
- Personas que hayan cambiado de domicilio departamental.
Si ya está inscrito en el Padrón electoral, votó en las últimas elecciones y no cambió de domicilio no es necesario que se empadrone.