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El Tribunal Supremo Electoral comunica que, a partir del lunes 3 de enero de 2022, las y los ciudadanos que requieran atención en el Servicio de Registro Cívico (Serecí), Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), Secretaría de Cámara y otros, deberán presentar su carnet de vacunación o la prueba de RT-PCR negativa.
La disposición que fue emitida este viernes, señala que el control de los documentos se realizará en el marco de lo establecido en los Decretos Supremos N° 4640 y N° 4641 ambos de fecha 22 de diciembre de 2021, que tienen la finalidad de luchar contra la pandemia de Covid-19.
En consecuencia, los usuarios para ser atendidos deberán presentar alguno de los documentos que se señalan a continuación:
Asimismo, deberán cumplir con el uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo, así como mantener el distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas.
En consecuencia, los usuarios para ser atendidos deberán presentar alguno de los documentos que se señalan a continuación:
- El carnet de vacunación con esquema completo (primera y segunda dosis de la Sputnik V o Pfizer o Sinopharm o AstraZeneca u otra, o una dosis de la Johnson & Johnson u otra).
- El carnet de vacunación de la primera dosis de cualquiera de las vacunas antes señaladas, siempre y cuando se encuentre dentro del intervalo de tiempo previo a la segunda dosis.
- La prueba RT-PCR negativa emitida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de su ingreso a los establecimientos señalados en el presente comunicado.
Asimismo, deberán cumplir con el uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo, así como mantener el distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas.