Imagen:
Hasta el 14 de enero, el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz entregó 22.210 certificados de exención de sufragio a las personas que por alguna razón no pudieron emitir su voto durante las Elecciones Judiciales 2024.
Los certificados se emitieron durante 30 días consecutivos, en el marco de la actividad número 41 del calendario electoral para las Elecciones Judiciales 2024, por las causales de fuerza mayor o hechos fortuitos, y a quienes se encontraban fuera del país el día de la votación, como establece el artículo 154 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).
La presidenta del TED Santa Cruz, María Cristina Claros, informó que en este departamento se emitió un total de 22.210 certificados de exención: 14.659 por casos de fuerza mayor y 6.649 por hechos fortuitos. Asimismo, la autoridad dio cuenta de 813 ciudadanos que cancelaron las multas establecidas en el Reglamento de Faltas y Sanciones Electorales vigente.
“Han sido 30 días en los que las ciudadanas y ciudadanos que no pudieron sufragar han presentado la documentación idónea y pertinente para justificar, por las causales de enfermedad, viaje o trabajo, su impedimento para la emisión del voto; igualmente se han atendido 89 solicitudes de personas mayores de 70 años”, manifestó.
De acuerdo al artículo 154 de la Ley del Régimen Electoral, sin el certificado de sufragio o comprobante de haber pagado la multa, las electoras o electores, dentro de los 90 días siguientes a la elección, no podrán acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios ni obtener el pasaporte.
En el caso de los ciudadanos que emitieron su voto y que extraviaron el certificado de sufragio, pueden solicitar la reposición de este documento en oficinas de TED Santa Cruz los 90 días posteriores a la jornada de votación.
MF/TED Santa Cruz
La presidenta del TED Santa Cruz, María Cristina Claros, informó que en este departamento se emitió un total de 22.210 certificados de exención: 14.659 por casos de fuerza mayor y 6.649 por hechos fortuitos. Asimismo, la autoridad dio cuenta de 813 ciudadanos que cancelaron las multas establecidas en el Reglamento de Faltas y Sanciones Electorales vigente.
“Han sido 30 días en los que las ciudadanas y ciudadanos que no pudieron sufragar han presentado la documentación idónea y pertinente para justificar, por las causales de enfermedad, viaje o trabajo, su impedimento para la emisión del voto; igualmente se han atendido 89 solicitudes de personas mayores de 70 años”, manifestó.
De acuerdo al artículo 154 de la Ley del Régimen Electoral, sin el certificado de sufragio o comprobante de haber pagado la multa, las electoras o electores, dentro de los 90 días siguientes a la elección, no podrán acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios ni obtener el pasaporte.
En el caso de los ciudadanos que emitieron su voto y que extraviaron el certificado de sufragio, pueden solicitar la reposición de este documento en oficinas de TED Santa Cruz los 90 días posteriores a la jornada de votación.
MF/TED Santa Cruz