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El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro, participó de una jornada de capacitación con el fin de informar sobre el procedimiento a seguir de manera previa para solicitar un referéndum de aprobación o rechazo de cartas orgánicas, mediante el cual la ciudadanía decide sobre la norma institucional básica de su municipio.
La Carta Orgánica Municipal, es la ley fundamental de cada municipio en el territorio boliviano; funciona como una "constitución local", define cómo se organiza el gobierno municipal, los derechos y deberes de los vecinos y cómo se administrarán los recursos.
En el desarrollo del taller denominado "Autonomías y Cartas Orgánicas en el departamento de Oruro", autoridades del TED, manifestaron que estos instrumentos, deben construirse desde el diálogo y el consenso con la población, más allá de la consulta en las urnas.
En el evento, se indicó que la carta orgánica debe surgir del diálogo y el consenso entre la población y quienes impulsan su elaboración, explicando que el referéndum, constituye la etapa final del procedimiento.
Se aclaró que antes de la convocatoria, el proyecto de carta orgánica debe ser aprobado por al menos dos tercios del concejo municipal y obtener la declaración de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
En la fase electoral, el órgano deliberativo municipal debe presentar al Tribunal Supremo Electoral la documentación prevista en el artículo 26 del Reglamento para Referendo de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas y Consulta de Conversión a la Autonomía Indígena Originario Campesina, aprobado mediante la Resolución TSE-RSP-ADM N.° 0181/2018.
Entre los principales requisitos se encuentran la propuesta de pregunta para el referéndum, la ley municipal que la aprueba, el texto final de la carta orgánica con control de constitucionalidad y la documentación administrativa necesaria para organizar la consulta.
La capacitación fue organizada por la Asociación de Municipios de Oruro, la Asociación de Mujeres Concejalas de Oruro el Tribunal Constitucional Plurinacional en coordinación con el TED Oruro, como parte de las acciones de fortalecimiento de las autonomías municipales y los mecanismos de democracia directa.
En el desarrollo del taller denominado "Autonomías y Cartas Orgánicas en el departamento de Oruro", autoridades del TED, manifestaron que estos instrumentos, deben construirse desde el diálogo y el consenso con la población, más allá de la consulta en las urnas.
En el evento, se indicó que la carta orgánica debe surgir del diálogo y el consenso entre la población y quienes impulsan su elaboración, explicando que el referéndum, constituye la etapa final del procedimiento.Se aclaró que antes de la convocatoria, el proyecto de carta orgánica debe ser aprobado por al menos dos tercios del concejo municipal y obtener la declaración de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
En la fase electoral, el órgano deliberativo municipal debe presentar al Tribunal Supremo Electoral la documentación prevista en el artículo 26 del Reglamento para Referendo de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas y Consulta de Conversión a la Autonomía Indígena Originario Campesina, aprobado mediante la Resolución TSE-RSP-ADM N.° 0181/2018.
Entre los principales requisitos se encuentran la propuesta de pregunta para el referéndum, la ley municipal que la aprueba, el texto final de la carta orgánica con control de constitucionalidad y la documentación administrativa necesaria para organizar la consulta.
La capacitación fue organizada por la Asociación de Municipios de Oruro, la Asociación de Mujeres Concejalas de Oruro el Tribunal Constitucional Plurinacional en coordinación con el TED Oruro, como parte de las acciones de fortalecimiento de las autonomías municipales y los mecanismos de democracia directa.






