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Las candidatas y candidatos podrán realizar su campaña en actos públicos y propaganda electoral en medios de comunicación hasta el miércoles 7 de septiembre, tomando en cuenta que comenzaron el 18 de julio, con la recomendación de cumplir las medidas de bioseguridad establecidas por las autoridades de salud.
La presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba, Ruth Pontejo, exhortó a todos los candidatos a no incurrir en las prohibiciones señaladas en la normativa que rige para este proceso electoral, y a respetar los tiempos, espacios y plazos de campaña con la aplicación de las medidas de bioseguridad.
Las y los candidatos habilitados se encuentran en periodo de campaña y propaganda electoral, donde cada candidato podrá realizar la difusión de las propuestas que tiene para mejorar la Cooperativa de Telecomunicaciones Comteco RL, en función al plan de campaña presentado ante el TED el 14 y 15 de julio.
Según el Reglamento de Administración de Procesos Electorales para la Elección de Autoridades de Cooperativas de Servicios Públicos, la propaganda electoral está sujeta a los siguientes tiempos y espacios máximos en los medios de comunicación:
Prohibiciones para la difusión de propaganda o campaña electoral:
Las y los candidatos habilitados se encuentran en periodo de campaña y propaganda electoral, donde cada candidato podrá realizar la difusión de las propuestas que tiene para mejorar la Cooperativa de Telecomunicaciones Comteco RL, en función al plan de campaña presentado ante el TED el 14 y 15 de julio.
Según el Reglamento de Administración de Procesos Electorales para la Elección de Autoridades de Cooperativas de Servicios Públicos, la propaganda electoral está sujeta a los siguientes tiempos y espacios máximos en los medios de comunicación:
- En redes o canales televisivos de comunicación, máximo 10 minutos diarios.
- En redes o estaciones de radio, máximo 10 minutos diarios.
- En medios impresos, máximo media página diaria.
Prohibiciones para la difusión de propaganda o campaña electoral:
- Que utilice los bienes o personal de Comteco RL.
- Que atente contra la honra, dignidad y privacidad de candidatas y candidatos.
- Cuando utilice símbolos patrios o imagen de autoridades nacionales, departamentales, regionales o municipales de los órganos de poder público.
- Que utilice símbolos, colores, lemas, imágenes o fotografías de organizaciones políticas o de Comteco RL.
- Cuando se realice campaña y propaganda electoral fuera del periodo señalado en el calendario electoral.
- Queda prohibida la campaña y propaganda anónima y que inste a la abstención electoral.
- El incumplimiento a los espacios máximos de difusión y prohibiciones será sancionado por el TED Cochabamba, en aplicación a la normativa y régimen de sanciones emitida por el TSE, para procesos electorales vigentes.
- Queda prohibido fijar carteles, vallas, gigantografías, banners, pasacalles y otros en un radio de cien (100) metros del lugar de funcionamiento de los recintos electorales.
- La campaña y propaganda que no respete el ornato público, la propiedad pública y/o privada está sujeta a las sanciones establecidas por las autoridades competentes correspondientes.