La consulta se desarrolló el 25 de mayo y fue acompañada por el equipo técnico del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) del Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba, ante la presencia de la comisión de Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).
Los comunarios de Viscachani, mediante voto resolutivo, determinaron en esta primera reunión deliberativa rechazar la misma, manifestando que la información debe ser socializada a las otras comunidades integrantes de la central campesina, para de esta forma tomar una decisión unánime, libre e informada.
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El proceso se llevó adelante en cumplimiento a la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, Ley N° 026 de Régimen Electoral, Artículo 39 y 40, y el Reglamento para la Observación y Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa.