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Autoridades del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca participaron en la sesión conjunta N° 1/2024 de los consejos de Administración y Vigilancia de la Cooperativa de Servicios Públicos Monteagudo (Cosermo RL), donde se entregó la resolución correspondiente a la supervisión del proceso electoral.
En el encuentro estuvieron presentes el presidente del TED Chuquisaca, Gunnar Vargas, el vicepresidente Edil Martínez y el vocal Mauricio del Río. En la oportunidad, el Presidente del TED Chuquisaca destacó la entrega de dicha resolución de manera personal a la presidenta del Consejo de Administración de la Cooperativa de Servicios Públicos Monteagudo (Cosermo RL), Dora Camargo, y aseguró que con este documento se acredita la legalidad de las elecciones realizadas al interior de la cooperativa, que fueron supervisadas por el Sifde Chuquisaca.
Por otra parte, el vicepresidente Edil Martínez afirmó que Cosermo RL es una de las cooperativas mejor estructuradas de Chuquisaca y que la resolución TEDCH/SP/086/2024, que aprueba el informe del Sifde, acredita que la Cooperativa tiene nuevos consejeros.
Por su parte, el vocal Mauricio del Río recomendó a los nuevos consejeros acudir a la institución electoral para cualquier solicitud que tengan: “El Tribunal Electoral Departamental de Chuquisaca trabaja a puertas abiertas, en el marco de los principios de transparencia y publicidad, es así que cuando ustedes necesiten tienen las puertas abiertas del Tribunal y de cada uno de los vocales”, apuntó el vocal Del Río.
La Ley 018 dispone que el Órgano Electoral Plurinacional tiene competencias para la supervisión del cumplimiento de las normas estatutarias de las cooperativas de servicios públicos para la elección de autoridades de Administración y Vigilancia; asimismo, la Ley del Régimen Electoral (Ley 026) añade que el OEP, a través de los Tribunales Electorales Departamentales correspondientes y en coordinación con el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), podrá organizar, dirigir, supervisar, administrar y/o ejecutar procesos electorales de cooperativas de servicios públicos.
/HV/TED Chuquisaca
La Ley 018 dispone que el Órgano Electoral Plurinacional tiene competencias para la supervisión del cumplimiento de las normas estatutarias de las cooperativas de servicios públicos para la elección de autoridades de Administración y Vigilancia; asimismo, la Ley del Régimen Electoral (Ley 026) añade que el OEP, a través de los Tribunales Electorales Departamentales correspondientes y en coordinación con el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), podrá organizar, dirigir, supervisar, administrar y/o ejecutar procesos electorales de cooperativas de servicios públicos.
/HV/TED Chuquisaca