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Hasta el 20 de octubre, las y los ciudadanos pueden presentar sus postulaciones.
La Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba publicó ayer la convocatoria para las y los postulantes a vocales del Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba.
“La Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba, en uso de sus legítimas competencias y facultades, en cumplimiento de los artículos 206 parágrafo V y 207, de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el artículo 33 de la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional, convoca a las ciudadanas y los ciudadanos del Departamento de Cochabamba a postular para ocupar los cargos de Vocales del Tribunal Departamental Electoral. El proceso de elección se hará mediante calificación de capacidad y méritos”, reza la Convocatoria.
Las postulaciones se recibirán hasta el 20 de octubre en previsión a los 15 días – de los 45 - previstos en la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, antes de remitir la lista, de las cuatro ternas, a la Cámara de Diputados.
La Comisión de Evaluación de la Asamblea Departamental, después del 20 de octubre realizará la apertura de los sobres, ante notario de fe pública, para verificar si las y los postulantes cumplen o no con los documentos requeridos y veracidad de los mismos.
De acuerdo a la convocatoria, 17 son los requisitos que las y los postulantes deben presentar a la Asamblea Legislativa Departamental para habilitar su postulación, entre los que se encuentran no tener un pliego de cargo ejecutoriado, no tener una sentencia condenatoria ejecutoriada, incluyendo aquellas relativas a la Ley 348; hablar dos idiomas oficiales del país, no haber sido dirigente o candidatos de alguna organización política, entre otros.
La lista de inhabilitados deberá publicarse en 24 horas, a partir de la cual se abrirá una etapa de tres días para la impugnación. Posterior, la Comisión Primera de la Asamblea Legislativa Departamental realizará la evaluación de méritos a cada postulante.
El 11 de noviembre, la Comisión emitirá un Informe Final de Evaluación a la Presidencia de la Asamblea Legislativa Departamental, instancia que deberá convocar a sesión ordinaria para que las y los legisladores, por 2/3, conformen las cuatro ternas - cuidando la representación paritaria e intercultural - que se remitirán a la Cámara de Diputados, instancia donde se elegirán a las y los vocales.
Las postulaciones se recibirán hasta el 20 de octubre en previsión a los 15 días – de los 45 - previstos en la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, antes de remitir la lista, de las cuatro ternas, a la Cámara de Diputados.
La Comisión de Evaluación de la Asamblea Departamental, después del 20 de octubre realizará la apertura de los sobres, ante notario de fe pública, para verificar si las y los postulantes cumplen o no con los documentos requeridos y veracidad de los mismos.
De acuerdo a la convocatoria, 17 son los requisitos que las y los postulantes deben presentar a la Asamblea Legislativa Departamental para habilitar su postulación, entre los que se encuentran no tener un pliego de cargo ejecutoriado, no tener una sentencia condenatoria ejecutoriada, incluyendo aquellas relativas a la Ley 348; hablar dos idiomas oficiales del país, no haber sido dirigente o candidatos de alguna organización política, entre otros.
La lista de inhabilitados deberá publicarse en 24 horas, a partir de la cual se abrirá una etapa de tres días para la impugnación. Posterior, la Comisión Primera de la Asamblea Legislativa Departamental realizará la evaluación de méritos a cada postulante.
El 11 de noviembre, la Comisión emitirá un Informe Final de Evaluación a la Presidencia de la Asamblea Legislativa Departamental, instancia que deberá convocar a sesión ordinaria para que las y los legisladores, por 2/3, conformen las cuatro ternas - cuidando la representación paritaria e intercultural - que se remitirán a la Cámara de Diputados, instancia donde se elegirán a las y los vocales.