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Quedan fuera de la carrera electoral 365 candidatos y candidatas

10 de febrero, 2020 Nacional

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Un total de 365 candidatos y candidatas de los partidos y alianzas políticas que participan en las Elecciones Generales del 3 de mayo quedaron fuera de la carrera electoral tras ser inhabilitados definitivamente por incumplimiento de los requisitos legales exigidos por la Ley de Régimen Electoral N. 026, el Reglamento N. 043 y el Formulario de Verificación de Documentos.
Según registros oficiales consignados en la página web del Tribunal Supremo Electoral (TSE), el partido Frente para la Victoria (FPV), que postula a la presidencia al ciudadano coreano nacionalizado boliviano Chi Hyun Chung, tiene la mayor cantidad de candidatos inhabilitados que suman en total 205.

Siguen en importancia el Movimiento al Socialismo (MAS-IPSP) con 57, Acción Democrática Nacionalista (ADN) con 44, el Partido de Acción  Nacional Boliviano (PAN-BOL) que tiene 36, la alianza política Libre 21 con 9, y el frente Juntos que postula a la Presidenta transitoria, Jeanine Áñez, que también tiene 9 inhabilitados.

La alianza Creemos, que postula a la presidencia al ex cívico cruceño Luis Fernando Camacho, registra solo 5 candidatos inhabilitados por el TSE, constituyéndose en el frente partidario menos afectado.

La alianza Comunidad Ciudadana, que postula a la primera magistratura al expresidente Carlos Mesa, es el único frente político sin candidaturas inhabilitadas.

Cumplimiento obligatorio de la Ley Electoral

Las candidaturas a la Presidencia y Vicepresidencia del Estado, así como los postulantes a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) –senadores y diputados- que fueron inhabilitados por el TSE quedaron “fuera de la contienda electoral”, aseveró el presidente del TSE, Salvador Romero. Reveló que los postulantes declarados inelegibles “no presentaron ningún tipo papel, lo que implicó su inhabilitación” definitiva de la carrera electoral.

Romero aclaró que en estos casos ya es imposible presentar “documentos complementarios para salvar su candidatura” debido a que los inhabilitados no presentaron ningún tipo de respaldo. “Los candidatos que no presentaron ningún tipo de documento quedaron fuera de la carrera electoral”, recalcó Romero.

La normativa electoral vigente condiciona la habilitación de cualquier ciudadano o ciudadana como candidata a puestos elegibles en el Estado al cumplimiento del Artículo 4. (Presentación de Listas de Candidaturas), inciso II, y también a la observancia de los requisitos establecidos en el Formulario de Verificación de Documentos que puso en vigencia el TSE.

En este sentido, la institución determinó que los ciudadanos y ciudadanas que fueron inhabilitados no cumplieron los numerales 1 al 11 del Formulario de Verificación de Documentos, que tienen que ver con los siguientes aspectos:

  1. Certificado de nacimiento original, 2. Fotocopia simple de Cédula de Identidad vigente, 3. Fotografía tamaño pasaporte fondo blanco, actualizada, 4. Certificado original del Padrón Electoral Biométrico emitido por el Serecí, 5. Fotocopia simple de Libreta de Servicio Militar, 6. Certificado original de Solvencia Fiscal emitido por la Contraloría General, 7. Certificado original y actualizado de Antecedentes Penales REJAP, 8. Certificado original SIPASE emitido por el Consejo de la Magistratura, 9. Declaración ante notario de fe pública sobre: a) No estar comprendida en los casos de prohibición de inegibilidad e incompatibilidad establecidos en la CPE, b) De autenticidad de la Libreta de Servicio Militar, c) De conocimiento de dos idiomas oficiales, especificando cuáles, d) Cumplimiento del requisito inherente a la Residencia Permanente, 10) Presentar renuncia para los casos comprendidos en los Art. 238 de la CPE, conforme a la Sentencia Constitucional N. 0032/2019 del 9 de julio de 2019, y 11. Número de teléfono (celular) de contacto.


Inhabilitados para las Elecciones Generales

Entre los candidatos a la presidencia del Estado y aspirantes a un curul en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) que fueron inhabilitados figuran el binomio de Acción Democrática Nacionalista (ADN) integrado por Ismael Schabib Montero y Simeon Jaliri Mamani, quienes fueron declarados inelegibles por incumplimiento de los requisitos estipulados en los numerales 1 al 11 del Formulario de Verificación de Documentos.

También destaca el caso de la expresidenta de la Cámara de Senadores por el MAS-IPSP Adriana Salvatierra (2019-2020), quien fue inhabilitada por no cumplir con los requisitos que franquea el Formulario de Verificación de Documentos, numerales 1 al 11. Salvatierra era candidata a primera diputada plurinacional por el departamento de Santa Cruz y ayer quedó fuera de la carrera electoral.

En el resto de los partidos y alianzas políticas, las inhabilitaciones alcanzaron con mayor preminencia a candidatos a senadores, diputados y representantes a organismos supra estatales, también por incumplimiento de los requisitos.

Varios ciudadanos y ciudadanas inhabilitadas se registraron ante la Secretaría de Cámara del TSE sin presentar respaldos documentales. En cada caso particular, el TSE no solo revisó los documentos que fueron entregados por los aspirantes, sino que, por responsabilidad institucional, también verificó y contrastó los papeles que hicieron llegar los candidatos con las entidades que emitieron los documentos para contar con información fidedigna, en cumplimiento estricto de los alcances del Artículo 3, inciso III del Reglamento y Registro de Candidaturas.
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