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El 3 de diciembre se elegirán a las 26 autoridades que conformarán el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional.
El domingo 3 de diciembre, las bolivianas y los bolivianos acudirán a las urnas para elegir a 26 autoridades que conformarán el Órgano Judicial (Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura) y el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Las 26 autoridades serán electas de entre 96 candidatas y candidatos a las cuatro instancias distribuidos de la siguiente manera: en circunscripción nacional se tienen a 10 postulantes al Consejo de la Magistratura y 14 al Tribunal Agroambiental. Mientras que en circunscripción departamental se tiene a cuatro candidatos por departamento para el Tribunal Supremo de Justicia e igual número para el Tribunal Constitucional Plurinacional.
El Tribunal Agroambiental está conformado por cinco magistrados titulares y cinco suplentes el Consejo de la Magistratura por tres consejeros o consejeras titulares y tres suplentes, mientras que el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional cada uno está integrado por nueve magistrados o magistradas titulares e igual número de suplentes.
La elección se realizará en cumplimiento al mandato de la Constitución Política del Estado, aprobada el 2009, que en sus artículos 182, 188, 194 y 198.
La primera Elección Judicial se realizó el 16 de octubre del 2011. El hecho se constituyó en un evento inédito, pues anteriormente las autoridades judiciales y del Tribunal Constitucional eran designadas por el entonces Congreso de la República (ahora Asamblea Legislativa Plurinacional), por ternas propuestas por diferentes instancias.
El actual proceso comprende dos etapas: la primera, de postulación y preselección a cargo de la Asamblea legislativa Plurinacional; y la segunda, de organización y realización de la votación a cargo del Órgano Electoral Plurinacional (OEP).
Plurinacionalidad y paridad de género
En la verificación a los requisitos establecidos en las Leyes Nº 929 y la 926 sobre los criterios de paridad de género e inclusión de representantes de las naciones y pueblos indígenas originario campesinas entre las postulaciones, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) constató la existencia de siete candidatas mujeres y siete candidatos varones para el Tribunal Agroambiental, cinco candidatas mujeres y cinco candidatos varones para el Consejo de la Magistratura, y 36 candidatas mujeres y 36 candidatos varones para el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional.
En el caso de la plurinacionalidad, se evidenció la presencia de 24 candidaturas con autoidentificación indígena en las cuatro listas de candidatos: cinco de 14 para el Tribunal Agroambiental, dos de 10 para el Consejo de la Magistratura, 10 de 36 para el Tribunal Supremo de Justicia y siete de 36 candidaturas para el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Atribuciones de las instancias judiciales y del TCP
El 3 de diciembre se elegirá a las máximas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional. La primera administra justicia a través de las Jurisdicciones Ordinaria, Agroambiental Especial y la Indígena Originaria Campesina; mientras que el Tribunal Constitucional es el garante, contralor e intérprete de la Constitución Política del Estado y precautela el respeto de los derechos y de las garantías constitucionales. El Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura forman parte del Órgano Judicial y el 3 de diciembre se elegirá a sus máximas autoridades.
El Tribunal Supremo de Justicia es la máxima instancia de administración de justicia en la jurisdicción ordinaria, en temas inherentes en materia civil, comercial, familiar, niñez y adolescencia, tributaria, administrativa, trabajo y seguridad social, anticorrupción y penal, entre otras, que se extiende en todo el territorio boliviano.
Su sala plena está conformada por nueve magistradas y magistrados titulares electos por cada uno de los departamentos del país. Entre sus atribuciones deben resolver o solicitar procesos de extradición, juzgar a la o el Presidente o al o la Vicepresidenta del Estado por delitos que hubieran cometido en su periodo de funciones; designar a las y los vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia, resolver los casos de revisión extraordinaria de sentencia.
Por su parte, el Tribunal Agroambiental es la máxima instancia de la Jurisdicción Ambiental que extiende sus funciones en todo el territorio del Estado Plurinacional y administra justicia en materia agraria, pecuaria, forestal, ambiental, agua, y biodiversidad. Ejerce sus funciones de manera conjunta a las Jurisdicciones Ordinaria, Especializada e Indígena Originara Campesina, con quienes se relaciona sobre la base de la coordinación y cooperación.
Está integrado por cinco magistradas y magistrados titulares y cinco suplentes. La Sala Plena está conformada por cinco magistrados y magistradas, quienes asumen las resoluciones por mayoría absoluta de votos y tienen entre sus atribuciones resolver recursos de nulidad en las acciones de propiedades agrarias, forestales y ambientales; demandas sobre actos que atenten contra el medio ambiente; y demandas sobre prácticas que pongan en peligro el sistema ecológico y la conservación de especies o animales.
Mientras que el Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen disciplinario, control y fiscalización del manejo administrativo y financiero de las jurisdicciones Ordinaria, Agroambiental, y por tanto del Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Agroambiental.
Su Sala Plena está conformada por tres consejeras y consejeros que, además, tienen las atribuciones de ejercer control disciplinario de vocales, jueces y personal del Órgano Judicial, así como evaluar el desempeño de sus funciones; preseleccionar a las y los postulantes para los Tribuales Departamentales de Justicia; y la designación de jueces de partido y de instrucción a través de concurso de méritos.
En el caso del Tribunal Constitucional Plurinacional su estructura y procedimiento están regulados por la Ley Nº 027. Esta instancia es independiente a los otros cuatro órganos del Estado y sólo responde a la Constitución Política del Estado de la cual se encarga de velar su superioridad como la norma fundamental en el territorio nacional; además de precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales. Sus decisiones y sentencias son vinculantes y obligatorias.
Su sala plena está conformada por nueve magistradas y magistrados, de los cuales uno ejerce la presidencia, mientras que las y los restantes ocho conforman cuatro salas integradas por dos miembros cada una, a excepción de la Comisión de Admisión que se integra de tres magistrados de forma rotativa.
Entre algunas de sus atribuciones se encuentran el resolver los conflictos de competencias y atribuciones entre los órganos del Estado, o entre los distintos niveles de gobierno; los recursos contra contribuciones que contravengan la Constitución Política del Estado; la revisión de las acciones de libertad, amparo constitucional; las consultas del Presidente/a del Estado, del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental sobre la constitucionalidad de proyectos de Ley; el control previo de constitucionalidad en la ratificación de los tratados internacionales; y las consultas de las autoridades indígenas sobre la aplicación de sus normas.
El Tribunal Agroambiental está conformado por cinco magistrados titulares y cinco suplentes el Consejo de la Magistratura por tres consejeros o consejeras titulares y tres suplentes, mientras que el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional cada uno está integrado por nueve magistrados o magistradas titulares e igual número de suplentes.
La elección se realizará en cumplimiento al mandato de la Constitución Política del Estado, aprobada el 2009, que en sus artículos 182, 188, 194 y 198.
La primera Elección Judicial se realizó el 16 de octubre del 2011. El hecho se constituyó en un evento inédito, pues anteriormente las autoridades judiciales y del Tribunal Constitucional eran designadas por el entonces Congreso de la República (ahora Asamblea Legislativa Plurinacional), por ternas propuestas por diferentes instancias.
El actual proceso comprende dos etapas: la primera, de postulación y preselección a cargo de la Asamblea legislativa Plurinacional; y la segunda, de organización y realización de la votación a cargo del Órgano Electoral Plurinacional (OEP).
Plurinacionalidad y paridad de género
* La etapa de postulación y preselección estuvo a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
En la verificación a los requisitos establecidos en las Leyes Nº 929 y la 926 sobre los criterios de paridad de género e inclusión de representantes de las naciones y pueblos indígenas originario campesinas entre las postulaciones, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) constató la existencia de siete candidatas mujeres y siete candidatos varones para el Tribunal Agroambiental, cinco candidatas mujeres y cinco candidatos varones para el Consejo de la Magistratura, y 36 candidatas mujeres y 36 candidatos varones para el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional.
En el caso de la plurinacionalidad, se evidenció la presencia de 24 candidaturas con autoidentificación indígena en las cuatro listas de candidatos: cinco de 14 para el Tribunal Agroambiental, dos de 10 para el Consejo de la Magistratura, 10 de 36 para el Tribunal Supremo de Justicia y siete de 36 candidaturas para el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Atribuciones de las instancias judiciales y del TCP
El 3 de diciembre se elegirá a las máximas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional. La primera administra justicia a través de las Jurisdicciones Ordinaria, Agroambiental Especial y la Indígena Originaria Campesina; mientras que el Tribunal Constitucional es el garante, contralor e intérprete de la Constitución Política del Estado y precautela el respeto de los derechos y de las garantías constitucionales. El Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura forman parte del Órgano Judicial y el 3 de diciembre se elegirá a sus máximas autoridades.
El Tribunal Supremo de Justicia es la máxima instancia de administración de justicia en la jurisdicción ordinaria, en temas inherentes en materia civil, comercial, familiar, niñez y adolescencia, tributaria, administrativa, trabajo y seguridad social, anticorrupción y penal, entre otras, que se extiende en todo el territorio boliviano.
Su sala plena está conformada por nueve magistradas y magistrados titulares electos por cada uno de los departamentos del país. Entre sus atribuciones deben resolver o solicitar procesos de extradición, juzgar a la o el Presidente o al o la Vicepresidenta del Estado por delitos que hubieran cometido en su periodo de funciones; designar a las y los vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia, resolver los casos de revisión extraordinaria de sentencia.
Por su parte, el Tribunal Agroambiental es la máxima instancia de la Jurisdicción Ambiental que extiende sus funciones en todo el territorio del Estado Plurinacional y administra justicia en materia agraria, pecuaria, forestal, ambiental, agua, y biodiversidad. Ejerce sus funciones de manera conjunta a las Jurisdicciones Ordinaria, Especializada e Indígena Originara Campesina, con quienes se relaciona sobre la base de la coordinación y cooperación.
Está integrado por cinco magistradas y magistrados titulares y cinco suplentes. La Sala Plena está conformada por cinco magistrados y magistradas, quienes asumen las resoluciones por mayoría absoluta de votos y tienen entre sus atribuciones resolver recursos de nulidad en las acciones de propiedades agrarias, forestales y ambientales; demandas sobre actos que atenten contra el medio ambiente; y demandas sobre prácticas que pongan en peligro el sistema ecológico y la conservación de especies o animales.
Mientras que el Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen disciplinario, control y fiscalización del manejo administrativo y financiero de las jurisdicciones Ordinaria, Agroambiental, y por tanto del Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Agroambiental.
Su Sala Plena está conformada por tres consejeras y consejeros que, además, tienen las atribuciones de ejercer control disciplinario de vocales, jueces y personal del Órgano Judicial, así como evaluar el desempeño de sus funciones; preseleccionar a las y los postulantes para los Tribuales Departamentales de Justicia; y la designación de jueces de partido y de instrucción a través de concurso de méritos.
En el caso del Tribunal Constitucional Plurinacional su estructura y procedimiento están regulados por la Ley Nº 027. Esta instancia es independiente a los otros cuatro órganos del Estado y sólo responde a la Constitución Política del Estado de la cual se encarga de velar su superioridad como la norma fundamental en el territorio nacional; además de precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales. Sus decisiones y sentencias son vinculantes y obligatorias.
Su sala plena está conformada por nueve magistradas y magistrados, de los cuales uno ejerce la presidencia, mientras que las y los restantes ocho conforman cuatro salas integradas por dos miembros cada una, a excepción de la Comisión de Admisión que se integra de tres magistrados de forma rotativa.
Entre algunas de sus atribuciones se encuentran el resolver los conflictos de competencias y atribuciones entre los órganos del Estado, o entre los distintos niveles de gobierno; los recursos contra contribuciones que contravengan la Constitución Política del Estado; la revisión de las acciones de libertad, amparo constitucional; las consultas del Presidente/a del Estado, del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental sobre la constitucionalidad de proyectos de Ley; el control previo de constitucionalidad en la ratificación de los tratados internacionales; y las consultas de las autoridades indígenas sobre la aplicación de sus normas.