Imagen:
Los jurados electorales son las máximas autoridades de la mesa de sufragio y resuelven los problemas que surjan durante la votación mediante acuerdos internos. También son responsables de garantizar la instalación y funcionamiento de la mesa, que la votación sea transparente y que el resultado de la votación esté reflejado correctamente en las actas electorales.
Segunda vuelta: Rigen sanciones para jurados que cometan faltas leves, graves y muy graves
Segunda vuelta: Rigen sanciones para jurados que cometan faltas leves, graves y muy graves
La ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional en el artículo 64 establece las siguientes atribuciones de los jurados de cada mesa de sufragio:
El Reglamento para la Elección de Autoridades Departamentales, Regionales y Municipales 20121, en el artículo 15, establece que, además de las atribuciones dispuestas en la Ley Nº 018 del Órgano Electoral y la Ley N° 026 del Régimen Electoral, los jurados de mesas de sufragio tienen las siguientes atribuciones:
- Determinar el lugar y ubicación de la mesa junto a la notaria o notario electoral.
- Garantizar el cumplimiento del procedimiento de votación.
- Disponer el orden de votación del electorado, precautelando las medidas de bioseguridad.
- Realizar la apertura y cierre de la mesa de sufragio y, al final de la jornada de votación, proceder al escrutinio, conteo de votos y registro de datos en el acta electoral.
- Resolver mediante acuerdos internos cualquier tipo de contingencia o eventualidad durante la votación.
- Declarar la nulidad de un voto cuando el elector viole el principio del voto secreto y muestre su papeleta de sufragio marcada, o cuando intente depositar en el ánfora una papeleta distinta a la que le fue entregada o cualquier otro documento.
El Reglamento para la Elección de Autoridades Departamentales, Regionales y Municipales 20121, en el artículo 15, establece que, además de las atribuciones dispuestas en la Ley Nº 018 del Órgano Electoral y la Ley N° 026 del Régimen Electoral, los jurados de mesas de sufragio tienen las siguientes atribuciones:
- Garantizar el cumplimiento del procedimiento de votación establecido por ley, el presente Reglamento y las directrices del Tribunal Supremo Electoral.
- Poner en conocimiento del Juez Electoral cualquier acto u omisión en la que incurra el Notario Electoral, que injustificadamente afecte el inicio o continuidad de la votación.
- Brindar información que requieran los miembros de las misiones de acompañamiento electoral debidamente acreditados.
- Priorizar la atención y asistencia a las personas adultas mayores y personas con discapacidad conforme al Reglamento Para el Voto Asistido.