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Según los datos del Servicio de Registro Cívico (Serecí), dependiente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), entre enero y diciembre de 2022 se registraron 8.705 divorcios que fueron resueltos por la vía judicial, en comparación con la gestión 2021, en la que hubo 13.090; en cambio, los datos sobre una separación por acuerdo mutuo, que es el divorcio notarial, no tuvieron una variación muy significativa, ya que en la gestión 2022 sumaron 403 casos y en 2021 llegaron a 442 registros.
CUADRO DIVORCIOS
El divorcio notarial es aquel que se efectúa por acuerdo mutuo de ambas partes, quienes solicitan se formalice la disolución del matrimonio a través de un acuerdo suscrito ante un Notario de Fe Pública, sin que medie una sentencia judicial, siempre que no hayan tenido hijos en común o ellos sean mayores de 25 años, ni bienes gananciales y exista una renuncia expresa por ambos cónyuges a cualquier forma de asistencia familiar. En cambio, en los divorcios judiciales se debe acudir a los tribunales de justicia para iniciar el proceso de divorcio.
En el primer caso, el testimonio de la escritura pública del divorcio efectuado ante Notario, y en el segundo caso, la sentencia de divorcio emitida por un Juez, deben registrarse en el Serecí para concluir con la disolución del matrimonio.
Nulidades
El número de nulidades de matrimonios registrados en el Serecí, tanto en la gestión 2022 como 2021, se asemejan. Estas son declaradas judicialmente y proceden por las causales previstas en el artículo 168 del Código de Familias y del Proceso Familiar. CUADRO ANULACIONES
El divorcio notarial es aquel que se efectúa por acuerdo mutuo de ambas partes, quienes solicitan se formalice la disolución del matrimonio a través de un acuerdo suscrito ante un Notario de Fe Pública, sin que medie una sentencia judicial, siempre que no hayan tenido hijos en común o ellos sean mayores de 25 años, ni bienes gananciales y exista una renuncia expresa por ambos cónyuges a cualquier forma de asistencia familiar. En cambio, en los divorcios judiciales se debe acudir a los tribunales de justicia para iniciar el proceso de divorcio.
En el primer caso, el testimonio de la escritura pública del divorcio efectuado ante Notario, y en el segundo caso, la sentencia de divorcio emitida por un Juez, deben registrarse en el Serecí para concluir con la disolución del matrimonio.
Nulidades
El número de nulidades de matrimonios registrados en el Serecí, tanto en la gestión 2022 como 2021, se asemejan. Estas son declaradas judicialmente y proceden por las causales previstas en el artículo 168 del Código de Familias y del Proceso Familiar. CUADRO ANULACIONES