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La Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz informó que en el municipio de Cajuata la ciudadanía decidido la aprobación y puesta en vigencia de su Carta Orgánica Municipal con el 50.74% (1.886) de votos; mientras que en los municipios de Sorata y Pelechuco la ciudadanía optó por No aprobar sus proyectos de normas.
“Al 100% de las actas electorales escrutadas del Referendo Autonómico de Cartas Orgánicas que se realizó este domingo 26 de mayo en los Municipios de Cajuata, Sorata y Pelechuco del departamento de La Paz, la ciudadanía aprobó la puesta en vigencia de su Carta Orgánica en Cajuata; por el contrario, en Sorata y Pelechuco la ciudadanía negó el proyecto de su Carta Orgánica y optó por el No”, informó la presidenta, Florencia Laruta Flores.
Los resultados del cómputo oficial de las actas pueden ser visualizados a través del sitio web https://computoreaco2019.oep.org.bo/ que el Órgano Electoral Plurinacional habilitó para este trabajo.
En Cajuata el proyecto de Carta Orgánica Municipal ingresará en vigencia en los términos y plazos establecidos en la misma norma y el municipio dejará de lado la Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, como norma supletoria que se aplica a las entidades territoriales autónomas municipales que no cuentan con su Carta Orgánica Municipal vigente.
En los casos de Sorata y Pelechuco, sus proyectos de Cartas Orgánicas deberán ser reformulados por el Concejo Municipal respectivo y, una vez concluido el trabajo, esta instancia solicitará una nueva declaración de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y someterán al proyecto de norma a un nuevo referendo.
Los resultados del cómputo oficial de las actas pueden ser visualizados a través del sitio web https://computoreaco2019.oep.org.bo/ que el Órgano Electoral Plurinacional habilitó para este trabajo.
En Cajuata el proyecto de Carta Orgánica Municipal ingresará en vigencia en los términos y plazos establecidos en la misma norma y el municipio dejará de lado la Ley N° 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, como norma supletoria que se aplica a las entidades territoriales autónomas municipales que no cuentan con su Carta Orgánica Municipal vigente.
En los casos de Sorata y Pelechuco, sus proyectos de Cartas Orgánicas deberán ser reformulados por el Concejo Municipal respectivo y, una vez concluido el trabajo, esta instancia solicitará una nueva declaración de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y someterán al proyecto de norma a un nuevo referendo.