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En cumplimiento de la Ley de Régimen Electoral (Art. 145), el Tribunal Electoral Departamental de La Paz habilitó 40 Puntos de información y de entrega de certificados de impedimento de sufragio en las ciudades de La Paz y El Alto, que atenderán al público el domingo 11 de abril.
El certificado de impedimento de sufragio es el documento público aprobado por el Tribunal Supremo Electoral que certifica que su titular, habiendo estado habilitado para votar, no lo hizo por razones de fuerza mayor, caso fortuito o tránsito.
El artículo 145 de la Ley de Régimen Electoral establece que el día de la votación, en cada departamento el Tribunal Electoral Departamental instalará en diferentes recintos electorales urbanos y en las oficinas del propio Tribunal módulos automatizados para la expedición y entrega de certificados de impedimento de sufragio.
En áreas rurales, el certificado de impedimento de sufragio será preimpreso contemplando los campos necesarios para el registro manual del nombre completo de la electora o elector, su número de documento de identidad y el lugar de emisión, así como la firma y huella dactilar de la notaria o notario electoral que los expide.
El artículo mencionado indica que a partir del día siguiente de la votación, los certificados de impedimento de sufragio serán entregados exclusivamente en las oficinas de los Tribunales Electorales Departamentales.
Conoce las direcciones de los puntos de información y de entrega de certificados de impedimento de sufragio en: https://bit.ly/3t7FpMC
El artículo 145 de la Ley de Régimen Electoral establece que el día de la votación, en cada departamento el Tribunal Electoral Departamental instalará en diferentes recintos electorales urbanos y en las oficinas del propio Tribunal módulos automatizados para la expedición y entrega de certificados de impedimento de sufragio.
En áreas rurales, el certificado de impedimento de sufragio será preimpreso contemplando los campos necesarios para el registro manual del nombre completo de la electora o elector, su número de documento de identidad y el lugar de emisión, así como la firma y huella dactilar de la notaria o notario electoral que los expide.
El artículo mencionado indica que a partir del día siguiente de la votación, los certificados de impedimento de sufragio serán entregados exclusivamente en las oficinas de los Tribunales Electorales Departamentales.
Conoce las direcciones de los puntos de información y de entrega de certificados de impedimento de sufragio en: https://bit.ly/3t7FpMC