Imagen:
Autoridades del GAIOC Salinas se reunen para recibir información del TED Oruro.
Vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro sostuvieron una reunión con las autoridades originarias y administrativas del Gobierno Autónomo Indígena Originario Campesino (GAIOC) de Salinas y la asambleísta de la provincia Ladislao Cabrera, María Mamani, para orientar cómo y dónde deben iniciar el trámite para que se constituyan escaños por circunscripción especial indígena.
Este proceso de información a las autoridades de la GAIOC Salinas se realiza en el marco de su estatuto autonómico, cuya disposición transitoria sexta estipula: “La Autonomía Indígena Originario Campesina de Salinas deberá gestionar para contar con dos (hombre y mujer) escaños de representación en la Asamblea Departamental, los cuales serán elegidos de acuerdo a normas y procedimientos propios y la legislación vigente”.
Esta disposición pasó el control de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Plurinacional y no transgrede normativa alguna en el país.
La primera reunión entre autoridades electorales y originarias de la GAIOC Salinas y la asambleísta departamental se caracterizó por explicarles que el acceso a la representación especial debe ser a través de un proyecto de ley departamental, aprobado por la Asamblea Legislativa Departamental de Oruro (ALDO).El vicepresidente del TED Oruro, Rudy Huayllas, manifestó que como institución electoral pueden informar a los habitantes de la GAIOC Salinas sobre este derecho y también presentar proyectos de ley en materia electoral, en este caso, de creación de circunscripción especial.
Por su parte, el vocal Limber Arroyo sostuvo que existen normativas nacionales, internacionales y convenios que sustentan el acceso de representación de los pueblos indígenas originarios como “derecho de participar sin discriminación, en la toma de decisiones, a todos los niveles”, según señala la Comisión de Interamericana de Derechos Humanos.
Las autoridades originarias de Salinas confían en que pueda consolidarse la petición con la actual legislatura de la ALDO, sería la primera en 13 años de autonomía departamental, para avanzar en el reconocimiento de los pueblos indígenas originarios y su derecho a representación en la instancia legislativa de la región, revelaron.
Actualmente, la ALDO está compuesta por 33 asambleístas: 16 son elegidos por población en circunscripción departamental y los otros 16 son por territorio, como representantes de cada una de las provincias del departamento; se cuenta con un asambleísta por la circunscripción especial de la nación originaria Uru, que representa a los Uru Murato y Uru Chipaya.
Marco normativo
Desde 1989 el Estado boliviano reconoce la vigencia del Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales, como también la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Todas las autoridades del país están obligadas a acatarlas, más aún cuando aquel derecho es también constitucional, agregó el vocal Arroyo.
Al respecto, el numeral 18 del artículo 30 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia establece el derecho de los pueblos indígena originario campesinos “a la participación en los órganos e instituciones del Estado”.Elección diferente
La elección de los asambleístas departamentales por circunscripción especial indígena se realiza conforme normas y procedimientos propios, dentro la democracia comunitaria, como medio de legitimación de esas autoridades y ellas son quienes administran y presentan la modalidad ante el TED Oruro para que supervise la elección, a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde).
Según datos del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en las últimas Elecciones Subnacionales 2021 se eligieron 25 circunscripciones especiales departamentales en Bolivia, en los departamentos de La Paz (5), Santa Cruz (5), Beni (4), Chuquisaca (2), Tarija (3), Pando (3), Cochabamba (2) y Oruro (1).
ELL / IR / Sifde TED Oruro
Esta disposición pasó el control de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Plurinacional y no transgrede normativa alguna en el país.
La primera reunión entre autoridades electorales y originarias de la GAIOC Salinas y la asambleísta departamental se caracterizó por explicarles que el acceso a la representación especial debe ser a través de un proyecto de ley departamental, aprobado por la Asamblea Legislativa Departamental de Oruro (ALDO).El vicepresidente del TED Oruro, Rudy Huayllas, manifestó que como institución electoral pueden informar a los habitantes de la GAIOC Salinas sobre este derecho y también presentar proyectos de ley en materia electoral, en este caso, de creación de circunscripción especial.
Por su parte, el vocal Limber Arroyo sostuvo que existen normativas nacionales, internacionales y convenios que sustentan el acceso de representación de los pueblos indígenas originarios como “derecho de participar sin discriminación, en la toma de decisiones, a todos los niveles”, según señala la Comisión de Interamericana de Derechos Humanos.
Las autoridades originarias de Salinas confían en que pueda consolidarse la petición con la actual legislatura de la ALDO, sería la primera en 13 años de autonomía departamental, para avanzar en el reconocimiento de los pueblos indígenas originarios y su derecho a representación en la instancia legislativa de la región, revelaron.
Actualmente, la ALDO está compuesta por 33 asambleístas: 16 son elegidos por población en circunscripción departamental y los otros 16 son por territorio, como representantes de cada una de las provincias del departamento; se cuenta con un asambleísta por la circunscripción especial de la nación originaria Uru, que representa a los Uru Murato y Uru Chipaya.
Marco normativo
Desde 1989 el Estado boliviano reconoce la vigencia del Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales, como también la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Todas las autoridades del país están obligadas a acatarlas, más aún cuando aquel derecho es también constitucional, agregó el vocal Arroyo.
Al respecto, el numeral 18 del artículo 30 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia establece el derecho de los pueblos indígena originario campesinos “a la participación en los órganos e instituciones del Estado”.Elección diferente
La elección de los asambleístas departamentales por circunscripción especial indígena se realiza conforme normas y procedimientos propios, dentro la democracia comunitaria, como medio de legitimación de esas autoridades y ellas son quienes administran y presentan la modalidad ante el TED Oruro para que supervise la elección, a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde).
Según datos del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en las últimas Elecciones Subnacionales 2021 se eligieron 25 circunscripciones especiales departamentales en Bolivia, en los departamentos de La Paz (5), Santa Cruz (5), Beni (4), Chuquisaca (2), Tarija (3), Pando (3), Cochabamba (2) y Oruro (1).
ELL / IR / Sifde TED Oruro