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El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba habilitó 18 mesas para la atención de las personas que desean realizar el trámite del certificado de impedimento. La atención se realiza en el salón la Riviera, ubicado en la avenida Simón López, frente al TED.
De acuerdo con el Calendario Electoral, este periodo se habilitó desde este lunes 4 de diciembre y se extenderá por un mes hasta el 3 de enero del 2018. En este periodo, las y los ciudadanos que alguna razón no hayan podido emitir su voto durante las Elecciones Judiciales, podrán obtener el certificado e impedimento, que les servirá como documento equivalente al certificado de sufragio.
En este periodo de 30 días, las y los ciudadanos podrán justificar ante el TED el porqué no pudieron asistir a emitir su voto. La atención se realizará en los horarios de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30 de lunes a viernes.
Para justificar su situación, las/os interesados deberán presentar la copia de su cédula de identidad y adjuntar el justificativo que, dependiendo al caso puede ser:
Sanciones
En caso de que la ciudadana o ciudadano no se haya registrado en el Padrón Electoral para participar de este proceso, deberá cancelar una multa de Bs 500.
Asimismo, en caso de que haya sido sorteada/o como jurada/o electoral y no hubiera asistido a cumplir con esta función, deberá cancelar una multa equivalente al 40% (800 Bs) de un salario mínimo nacional; mientras que, si no hubiera emitido su voto en anteriores elecciones, deberá cancelar una multa de 500 Bs.
En este periodo de 30 días, las y los ciudadanos podrán justificar ante el TED el porqué no pudieron asistir a emitir su voto. La atención se realizará en los horarios de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30 de lunes a viernes.
Para justificar su situación, las/os interesados deberán presentar la copia de su cédula de identidad y adjuntar el justificativo que, dependiendo al caso puede ser:
- el certificado médico, en caso de enfermedad
- el certificado de atención prenatal, en el caso de mujeres embarazadas
- un recorte de prensa escrita en caso de que la ausencia se haya debido a conflictos sociales
- la fotocopia de la factura de luz o agua, en caso de cambio de domicilio
- el certificado de la empresa explicando los motivos, en caso laboral
- el memorando de cambio de destino, en el caso de la policía y las FFAA
- el certificado emitido por la FELCC en caso de robo de la cédula de identidad
- los pasajes en bus o avión de fechas actuales, en caso de viaje
Sanciones
En caso de que la ciudadana o ciudadano no se haya registrado en el Padrón Electoral para participar de este proceso, deberá cancelar una multa de Bs 500.
Asimismo, en caso de que haya sido sorteada/o como jurada/o electoral y no hubiera asistido a cumplir con esta función, deberá cancelar una multa equivalente al 40% (800 Bs) de un salario mínimo nacional; mientras que, si no hubiera emitido su voto en anteriores elecciones, deberá cancelar una multa de 500 Bs.