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Hasta la fecha, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tomó conocimiento de 35 solicitudes de convocatoria a referéndums, de las cuales 30 corresponden a cartas orgánicas municipales; dos para conversión de municipio a la autonomía indígena; y tres para referéndums de aprobación del estatuto de la autonomía indígena.
La previsión es que esos procesos se lleven a cabo en octubre de 2021, previo cumplimiento de plazos y requisitos por parte de las entidades territoriales solicitantes.
La sala plena del TSE aprobará la convocatoria a referéndum una vez que los municipios y territorios indígenas tengan la pregunta a ser usada en el referéndum, con Declaración de Constitucionalidad, y el respectivo presupuesto transferido a la cuenta del Órgano Electoral.
De los 30 municipios que buscan la aprobación de sus cartas orgánicas, 23 cuentan con declaración de constitucionalidad de la pregunta para el referéndum y siete aún no iniciaron su trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Además, 16 municipios cuentan con presupuesto proyectado, en tanto, los otros 14 municipios están pendientes de proyección y consolidación de su presupuesto.
Por otra parte, los municipios de Lagunillas y Urubichá, en Santa Cruz, gestionan la realización de referéndums para la conversión de municipios a Autonomías Indígenas Originario Campesinos (AIOC).
En el caso de Lagunillas, cumplió con la declaración de constitucionalidad de la pregunta del referéndum y la transferencia de recursos. En cuanto al municipio de Urubichá, solo cuenta con la declaración de constitucionalidad de la pregunta del referéndum.
Además, Corque Marka, el Territorio Indígena Multiétnico – 1 (TIM – 1) y Lomerío solicitaron la realización de referéndums para la aprobación de sus respectivos estatutos autonómicos indígenas.
Sin embargo, el TIM – 1 decidió acogerse a la Ley 1198 para la aprobación de su estatuto autonómico por normas y procedimientos propios. En el caso de Lomerío, gestiona la consolidación de su unidad territorial mediante ley, trámites que son de conocimiento del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Asamblea Legislativa.
La sala plena del TSE aprobará la convocatoria a referéndum una vez que los municipios y territorios indígenas tengan la pregunta a ser usada en el referéndum, con Declaración de Constitucionalidad, y el respectivo presupuesto transferido a la cuenta del Órgano Electoral.
De los 30 municipios que buscan la aprobación de sus cartas orgánicas, 23 cuentan con declaración de constitucionalidad de la pregunta para el referéndum y siete aún no iniciaron su trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Además, 16 municipios cuentan con presupuesto proyectado, en tanto, los otros 14 municipios están pendientes de proyección y consolidación de su presupuesto.
Por otra parte, los municipios de Lagunillas y Urubichá, en Santa Cruz, gestionan la realización de referéndums para la conversión de municipios a Autonomías Indígenas Originario Campesinos (AIOC).
En el caso de Lagunillas, cumplió con la declaración de constitucionalidad de la pregunta del referéndum y la transferencia de recursos. En cuanto al municipio de Urubichá, solo cuenta con la declaración de constitucionalidad de la pregunta del referéndum.
Además, Corque Marka, el Territorio Indígena Multiétnico – 1 (TIM – 1) y Lomerío solicitaron la realización de referéndums para la aprobación de sus respectivos estatutos autonómicos indígenas.
Sin embargo, el TIM – 1 decidió acogerse a la Ley 1198 para la aprobación de su estatuto autonómico por normas y procedimientos propios. En el caso de Lomerío, gestiona la consolidación de su unidad territorial mediante ley, trámites que son de conocimiento del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Asamblea Legislativa.