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Vocal del TSE, Francisco Vargas y el director del Serecí, Javier Hinojosa participan del Taller Subregional en Perú.
Desde el 2016 a la fecha, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) procesó 512 trámites de cambio de identidad de género, velando así por el derecho que tiene toda persona a ser reconocida conforme a su identidad de género, informó este martes el vocal del TSE, Francisco Vargas, en el “Taller subregional sobre reconocimiento de Identidad de Género”, patrocinado por la Organización de Estados Americanos (OEA) en Perú.
El evento tiene el objetivo de reflexionar y socializar las acciones que se han emitido en cada país para garantizar el derecho de las personas a que se les reconozca de forma oficial su identidad de género, tal y como ellas o ellos se perciben, en los documentos de identidad personal, explicó el vocal Vargas.
De acuerdo a los datos proporcionados por la autoridad electoral, en el evento al que asistió junto al director nacional del Servicio de Registro Cívico (Serecí), Javier Hinojosa, el 2021 fue el año en que se procesó la mayor cantidad de trámites con 107 casos.
CUADRO SERECÍ
En Bolivia, en mayo de 2016 fue aprobada la ley N° 807 de Identidad de Género y ese mismo año el TSE aprobó el Reglamento para que el Serecí aplique la norma atendiendo las solicitudes de las personas que opten por cambiar su identidad de género.
De acuerdo al artículo siete de la citada Ley, el Serecí, dependiente del Tribunal Supremo Electoral, se constituye en la autoridad competente a nivel nacional, para el registro del cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen a personas transexuales y transgénero.
De acuerdo a los datos proporcionados por la autoridad electoral, en el evento al que asistió junto al director nacional del Servicio de Registro Cívico (Serecí), Javier Hinojosa, el 2021 fue el año en que se procesó la mayor cantidad de trámites con 107 casos.
CUADRO SERECÍ
En Bolivia, en mayo de 2016 fue aprobada la ley N° 807 de Identidad de Género y ese mismo año el TSE aprobó el Reglamento para que el Serecí aplique la norma atendiendo las solicitudes de las personas que opten por cambiar su identidad de género.
De acuerdo al artículo siete de la citada Ley, el Serecí, dependiente del Tribunal Supremo Electoral, se constituye en la autoridad competente a nivel nacional, para el registro del cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen a personas transexuales y transgénero.