Imagen:
La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el Reglamento para el Registro de Alianzas Políticas para participar en el proceso electoral de autoridades políticas regionales, departamentales y municipales de marzo de 2021.
El reglamento contempla que las alianzas entre Partidos Políticos o Agrupaciones Ciudadanas de ámbito nacional, o que realicen alianzas con Agrupaciones Ciudadanas de alcance departamental, municipal o regional u Organizaciones de las Naciones de Pueblos Indígena Originario Campesinos, deben ser registradas ante el Tribunal Supremo Electoral.
Por otro lado, las alianzas entre agrupaciones ciudadanas de alcance departamental, municipal o regional, deberán registrarse ante los Tribunales Departamentales. Las alianzas entre agrupaciones ciudadanas y organizaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos (IOC) con personalidad jurídica y registro vigentes se efectuaran también en los Tribunales Departamentales.
El reglamento determina que cada alianza debe acreditar a dos delegados, uno titular y otro alterno, para realizar todas las actuaciones necesarias ante los TED.
Las alianzas deberán presentar documentos que acompañan la solicitud de registro que debe estar firmada por los representantes legales de las organizaciones políticas, entre ellos, las actas notariadas que reflejen la decisión y autorización orgánica de la organización política para conformar la alianza política. El acta de la reunión constitutiva de la alianza debe especificar el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará, como también el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará la alianza, que no deberán ser similares o coincidentes a los partidos políticos o agrupaciones ciudadanas registrados ante el Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales.
A tiempo de hacer el registro deberán entregar el Programa de gobierno o plataforma de acción política que regirá la gestión de sus candidatos de ser elegidos como autoridades por el voto ciudadano.
De acuerdo al Calendario Electoral vigente, las alianzas podrán realizar su registro hasta el sábado 5 de diciembre de 2020.
Reg_Registro_Alianzas_Subnacionales_2021
Por otro lado, las alianzas entre agrupaciones ciudadanas de alcance departamental, municipal o regional, deberán registrarse ante los Tribunales Departamentales. Las alianzas entre agrupaciones ciudadanas y organizaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos (IOC) con personalidad jurídica y registro vigentes se efectuaran también en los Tribunales Departamentales.
El reglamento determina que cada alianza debe acreditar a dos delegados, uno titular y otro alterno, para realizar todas las actuaciones necesarias ante los TED.
Las alianzas deberán presentar documentos que acompañan la solicitud de registro que debe estar firmada por los representantes legales de las organizaciones políticas, entre ellos, las actas notariadas que reflejen la decisión y autorización orgánica de la organización política para conformar la alianza política. El acta de la reunión constitutiva de la alianza debe especificar el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará, como también el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará la alianza, que no deberán ser similares o coincidentes a los partidos políticos o agrupaciones ciudadanas registrados ante el Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales.
A tiempo de hacer el registro deberán entregar el Programa de gobierno o plataforma de acción política que regirá la gestión de sus candidatos de ser elegidos como autoridades por el voto ciudadano.
De acuerdo al Calendario Electoral vigente, las alianzas podrán realizar su registro hasta el sábado 5 de diciembre de 2020.
Reg_Registro_Alianzas_Subnacionales_2021