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El Tribunal Electoral Departamental de La Paz (TED LP), promovió dos talleres de Capacitación bajo el denominativo “Adecuación a La Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas de Alcance Departamental y Municipal” con las agrupaciones ciudadanas del departamento de La Paz, dando cumplimiento a lo establecido en las Disposiciones Transitoria Segunda y Tercera, y Artículo 14 de la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas; además de la Disposición Adicional Única de la Ley N° 1315 en la que organizaciones políticas ―partidos políticos y agrupaciones ciudadanas― con personalidad jurídica deben tomar en cuenta la adecuación de sus Estatutos a la Ley N° 1096 hasta el 31 de diciembre del año en curso.
El departamento de La Paz cuenta con 25 agrupaciones ciudadanas con personalidad jurídica vigente en el TED La Paz, cuatro de éstas incumplieron con los requisitos exigidos y sus solicitudes de supervisión de modificación del Estatuto fueron rechazadas: 1) CAMBIO 2000, 2) Integración por Nuestra Tierra - T-INTI, 3) SUMA ESCOMA - SE, y 4) ADEPCOCA. Por otra parte, siete agrupaciones ciudadanas presentaron su Estatuto Orgánico sin supervisión del TED LP: 1) Nueva Opción Social - NOS, 2) Sol para La Paz – SOL.LP, 3) Movimiento por la Soberanía - M.P.S., 4) TAQUINI SARTASIÑANI - T.S, 5) Mirando el Desarrollo de Luribay – MIDELUR, 6) CAMBIO 2000 y 7) Movimiento Tierra y Libertad - MTL.
Asimismo, se cuenta con nueve agrupaciones ciudadanas que no presentaron documentación para la adecuación de su Estatuto Orgánico a la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas: 1) Levantamiento de Unidad Social 1° de septiembre - LUS-1S, 2) Instrumento de Desarrollo Estratégico Aymaras en Acción - IDEA, 3) MAYA COPACABANA - MAYA-C, 4) Unidad Vecinal Agraria - U.V.A., 5) Movimiento Yungas Productivo - MYP, 6) Proyecto Alternativo de Cambio Hacia un Amanecer - PACHA, y 7) Poder de los Pueblos Originarios - PODER-O, 8) M.I.A.S.U.N.T.A, y 9) MK-PC.
En ese sentido, el TED La Paz participó de la supervisión de la adecuación del Estatuto Orgánico a la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, de cinco agrupaciones ciudadanas del departamento de La Paz: 1) Movimiento Ciudadano del Pueblo - Nueva Generación - MCP-N.G., el pasado 15 de diciembre; 2) VENCEREMOS - V, el día 27 de diciembre; 3) Alianza Social Patriótica - ASP, el día 29 de diciembre; y 4) Juntos Al Llamado de los Pueblos - J.A.LLALLA.L.P. el día 04 de noviembre (primera supervisión) y el pasado 22 de diciembre (segunda supervisión). El día de hoy, una comitiva de supervisión del TED La Paz se trasladó al municipio de Puerto Acosta (provincia Camacho) para supervisar la adecuación del Estatuto Orgánico a la Ley N° 1096 de la agrupación ciudadana Por Un Municipio Alternativo - PUMA; sumando de este modo, la supervisión a cinco organizaciones políticas del departamento de La Paz.
En este contexto, presentaron cinco agrupaciones ciudadanas sus estatutos adecuados a la Ley 1096, estas son: ASP, J.A.LLALLA.L.P, MCP-N.G., V y PUMA―, y otras siete solicitudes de registro de agrupaciones que presentaron su Estatuto Orgánico sin la supervisión del TED LP: NOS, SOL.LP, M.P.S., T.S., MIDELUR, CAMBIO 2000 y Movimiento Tierra y Libertad - MTL.
El trabajo de supervisión se basa en el Reglamento para la Supervisión de Organizaciones Políticas y tiene como objeto “vigilar la elección de dirigencias y la aprobación de estatutos orgánicos de los partidos y agrupaciones políticas”. La norma, que fue puesta en vigor el 3 de agosto de 2021 por Resolución de Sala Plena del TSE, consta de 17 artículos, además de dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales. Las disposiciones se aplican a todas las organizaciones políticas legalmente reconocidas en el país, sean de alcance nacional, departamental o municipal.
La supervisión se ejerce a través del Sifde, en el marco de la verificación del cumplimiento, por parte de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas, de las leyes y reglamentos en materia electoral y sus estatutos internos en los actos que impliquen la elección de sus dirigencias y la modificación de sus estatutos orgánicos.
El Instructivo TSE-PRES-SC N° 056/2021 de 20 de diciembre, reitera el contenido de la circular TSE-PRES_SC N° 047/2021 de 13 de julio de 2021 y TSE-PRES-SC N° 053/2021 de 8 de octubre de 2021, con las siguientes complementaciones y aclaraciones: 1) Las organizaciones políticas que obtuvieron su personalidad jurídica con base a la ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, no requieren actualizar su estatuto interno; y 2) Las organizaciones políticas deben presentar la documentación que acredite la adecuación de sus estatutos internos, hasta las 16:00 horas del 31 de diciembre de 2021.
Asimismo, se cuenta con nueve agrupaciones ciudadanas que no presentaron documentación para la adecuación de su Estatuto Orgánico a la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas: 1) Levantamiento de Unidad Social 1° de septiembre - LUS-1S, 2) Instrumento de Desarrollo Estratégico Aymaras en Acción - IDEA, 3) MAYA COPACABANA - MAYA-C, 4) Unidad Vecinal Agraria - U.V.A., 5) Movimiento Yungas Productivo - MYP, 6) Proyecto Alternativo de Cambio Hacia un Amanecer - PACHA, y 7) Poder de los Pueblos Originarios - PODER-O, 8) M.I.A.S.U.N.T.A, y 9) MK-PC.
En ese sentido, el TED La Paz participó de la supervisión de la adecuación del Estatuto Orgánico a la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, de cinco agrupaciones ciudadanas del departamento de La Paz: 1) Movimiento Ciudadano del Pueblo - Nueva Generación - MCP-N.G., el pasado 15 de diciembre; 2) VENCEREMOS - V, el día 27 de diciembre; 3) Alianza Social Patriótica - ASP, el día 29 de diciembre; y 4) Juntos Al Llamado de los Pueblos - J.A.LLALLA.L.P. el día 04 de noviembre (primera supervisión) y el pasado 22 de diciembre (segunda supervisión). El día de hoy, una comitiva de supervisión del TED La Paz se trasladó al municipio de Puerto Acosta (provincia Camacho) para supervisar la adecuación del Estatuto Orgánico a la Ley N° 1096 de la agrupación ciudadana Por Un Municipio Alternativo - PUMA; sumando de este modo, la supervisión a cinco organizaciones políticas del departamento de La Paz.
En este contexto, presentaron cinco agrupaciones ciudadanas sus estatutos adecuados a la Ley 1096, estas son: ASP, J.A.LLALLA.L.P, MCP-N.G., V y PUMA―, y otras siete solicitudes de registro de agrupaciones que presentaron su Estatuto Orgánico sin la supervisión del TED LP: NOS, SOL.LP, M.P.S., T.S., MIDELUR, CAMBIO 2000 y Movimiento Tierra y Libertad - MTL.
El trabajo de supervisión se basa en el Reglamento para la Supervisión de Organizaciones Políticas y tiene como objeto “vigilar la elección de dirigencias y la aprobación de estatutos orgánicos de los partidos y agrupaciones políticas”. La norma, que fue puesta en vigor el 3 de agosto de 2021 por Resolución de Sala Plena del TSE, consta de 17 artículos, además de dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales. Las disposiciones se aplican a todas las organizaciones políticas legalmente reconocidas en el país, sean de alcance nacional, departamental o municipal.
La supervisión se ejerce a través del Sifde, en el marco de la verificación del cumplimiento, por parte de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas, de las leyes y reglamentos en materia electoral y sus estatutos internos en los actos que impliquen la elección de sus dirigencias y la modificación de sus estatutos orgánicos.
El Instructivo TSE-PRES-SC N° 056/2021 de 20 de diciembre, reitera el contenido de la circular TSE-PRES_SC N° 047/2021 de 13 de julio de 2021 y TSE-PRES-SC N° 053/2021 de 8 de octubre de 2021, con las siguientes complementaciones y aclaraciones: 1) Las organizaciones políticas que obtuvieron su personalidad jurídica con base a la ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, no requieren actualizar su estatuto interno; y 2) Las organizaciones políticas deben presentar la documentación que acredite la adecuación de sus estatutos internos, hasta las 16:00 horas del 31 de diciembre de 2021.