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El presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba, Humberto Valenzuela, entregó su credencial de Gobernadora del Departamento de Cochabamba a la ciudadana Esther Soria Gonzales, en reemplazo de Iván Jorge Canelas Alurralde, quien renunció a su cargo el 11 de noviembre de 2019.
Mediante Resolución RALDC N° 103/2019-2020, la Asamblea Departamental de Cochabamba designó a la asambleísta Esther Soria Gonzales como gobernadora del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.
El artículo 4 de la Ley N° 1270 establece la prórroga de mandato de las autoridades nacionales, departamentales y municipales de manera excepcional hasta la posesión de las nuevas autoridades para el periodo 2020 – 2025.
El artículo 286 de la CPE establece en su parágrafo II que en caso de renuncia de la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo, cuando hubiera transcurrido más de la mitad de su mandato, corresponderá su sustitución por una autoridad ya electa, definida de acuerdo al Estatuto Autonómico o Carta Orgánica, según corresponda, normativa concordante con lo establecido en la Ley 026 del Régimen Electoral.
Respecto al procedimiento para la sustitución de autoridades ejecutivas, el artículo 197 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral señala que ante la inexistencia de estatutos autonómicos o cartas orgánicas, debe aplicarse lo establecido en el artículo 192 parágrafo IV de la Ley 026, que señala que en caso de renuncia, inhabilitación o fallecimiento de autoridades acreditadas, el Tribunal Supremo o los Tribunales Departamentales entregarán credenciales a las autoridades sustitutas correspondientes.
El presidente del TED de Cochabamba, Humberto Valenzuela, informó que en consideración de los referidos antecedentes y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado (CPE) y Ley del Régimen Electoral, por determinación de la Sala Plena se procedió a la entrega de la credencial de gobernadora a la Lic. Esther Soria Gonzales, augurándole éxitos como primera autoridad política del Departamento.
El artículo 4 de la Ley N° 1270 establece la prórroga de mandato de las autoridades nacionales, departamentales y municipales de manera excepcional hasta la posesión de las nuevas autoridades para el periodo 2020 – 2025.
El artículo 286 de la CPE establece en su parágrafo II que en caso de renuncia de la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo, cuando hubiera transcurrido más de la mitad de su mandato, corresponderá su sustitución por una autoridad ya electa, definida de acuerdo al Estatuto Autonómico o Carta Orgánica, según corresponda, normativa concordante con lo establecido en la Ley 026 del Régimen Electoral.
Respecto al procedimiento para la sustitución de autoridades ejecutivas, el artículo 197 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral señala que ante la inexistencia de estatutos autonómicos o cartas orgánicas, debe aplicarse lo establecido en el artículo 192 parágrafo IV de la Ley 026, que señala que en caso de renuncia, inhabilitación o fallecimiento de autoridades acreditadas, el Tribunal Supremo o los Tribunales Departamentales entregarán credenciales a las autoridades sustitutas correspondientes.
El presidente del TED de Cochabamba, Humberto Valenzuela, informó que en consideración de los referidos antecedentes y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado (CPE) y Ley del Régimen Electoral, por determinación de la Sala Plena se procedió a la entrega de la credencial de gobernadora a la Lic. Esther Soria Gonzales, augurándole éxitos como primera autoridad política del Departamento.