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De acuerdo con el Calendario Electoral, este lunes 3 de febrero concluirá el plazo para el registro y habilitación de empresas, medios de comunicación, instituciones académicas o cualquier otra entidad que realice y/o difunda estudios de opinión en materia electoral, con miras a las Elecciones Generales del 3 de mayo.
Este plazo se da en cumplimiento de la actividad cinco del Calendario Electoral, establecida en el marco de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, y del Reglamento para la Elaboración y Difusión de Estudios de Opinión en Materia Electoral para las Elecciones Generales 2020.
En el caso de las empresas y/o medios de comunicación que elaborarán los estudios de opinión, deberán presentar cinco requisitos:
Mientras que los medios de comunicación que difundirán estos estudios deberán registrarse presentando los siguientes documentos:
Las solicitudes deben ser hechas de forma obligatoria ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), en el caso de los estudios que abarquen el nivel nacional, o ante los Tribunales Electorales Departamentales (TED), para el caso de los estudios que alcancen el nivel regional, municipal o departamental.
En el caso de las empresas y/o medios de comunicación que elaborarán los estudios de opinión, deberán presentar cinco requisitos:
- Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente del propietario o representante legal, este último adjuntando además copia simple del poder correspondiente.
- Fotocopia simple del Número de Identificación Tributaria (NIT).
- Domicilio legal, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico.
- Fotocopias simples de los documentos que demuestren la experiencia de los solicitantes en la realización de los estudios de opinión.
- Nómina y hojas de vida del equipo técnico especializado que realizará el/los estudio/s; los cargos mínimos que deben acreditar son: director/a o coordinador/a del estudio y temático estadístico.
Mientras que los medios de comunicación que difundirán estos estudios deberán registrarse presentando los siguientes documentos:
- Fotocopia simple de la cédula de identidad del representante legal.
- Fotocopia simple del poder notariado correspondiente, resolución de nombramiento para medios de comunicación estatales u otro documento análogo.
- Fotocopia simple del NIT.
- Señalar el domicilio legal de la entidad, número de teléfono, número de fax y dirección del correo electrónico para fines de notificación.
Las solicitudes deben ser hechas de forma obligatoria ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), en el caso de los estudios que abarquen el nivel nacional, o ante los Tribunales Electorales Departamentales (TED), para el caso de los estudios que alcancen el nivel regional, municipal o departamental.