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Vicepresidente del TED Santa Cruz, José Miguel Callejas y el vocal, Marcelo Yabeta.
El Tribunal Electoral Departamental (TED) Santa Cruz, a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), en la gestión 2023 recibió un total de 29 solicitudes de supervisión, de las cuales 15 fueron atendidas hasta la jornada electoral, 13 continúan en proceso de supervisión y una fue declarada improcedente, de acuerdo al artículo 11 del Reglamento de Supervisión de Elección de Autoridades de Administración y Vigilancia de las Cooperativas de Servicios Públicos.
En tanto, Cospane RL; Cosplafu RL; Cosmai RL; Juancho RL; Tundi RL; Coopaguas RL; Coopaare I RL; Coopagal RL; Coosal RL; Taruma RL; Yacuces RL; La Porteña RL y Puerto Pailas RL se encuentran con procesos de supervisión activo. La cooperativa Coopapi RL fue la única cuya solicitud fue declarada improcedente en 2023.
Al respecto, el vicepresidente del TED de Santa Cruz y vocal responsable del Sifde, José Miguel Callejas Garcés, comunicó que la supervisión se lleva adelante de acuerdo al artículo 85 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), donde se establece que el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en calidad de servicio gratuito, a través de los Tribunales Electorales Departamentales (TED) y en coordinación con el Sifde, “podrá organizar, dirigir, supervisar, administrar y/o ejecutar procesos electorales de cooperativas de servicios públicos”. Además, en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de Supervisión para la Elección de autoridades de Administración y Vigilancia de las Cooperativas de Servicios Públicos, vigente desde la gestión 2016.
En ese sentido “el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz continúa la supervisión en las cooperativas de servicios públicos en cumplimiento, principalmente, al artículo 335 de la Constitución Política del Estado”, remarcó la autoridad electoral.
- Formulario de solicitud de supervisión firmado por autoridad competente (recabado en oficinas o web del TED Santa Cruz).
- Copia legalizada del Acta de elección y/o posesión de la autoridad competente de la cooperativa.
- Copia legalizada de la personalidad jurídica otorgada por la Autoridad de Fiscalización de Cooperativas (Afcoop).
- Copia legalizada del Estatuto de la cooperativa, otorgada por la Afcoop.
- Copia legalizada del Reglamento electoral aprobado por la máxima instancia deliberativa de la cooperativa.
- Padrón electoral emitido por la instancia competente de la cooperativa solicitante. JBD / JMC / Sifde TED Santa Cruz