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Desde este 12 de abril, y durante 30 días, los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de La Paz, Chuquisaca, Pando y Tarija habilitaron ventanillas para emitir Certificados de Exención a las personas que no pudieron sufragar en la segunda vuelta.
Estos documentos serán entregados a los electores que no pudieron votar por causa justificada y el trámite debe estar acompañado de “prueba documental pertinente”, según establece el artículo 154 de la Ley 026 de Régimen Electoral.
En caso de embarazo, enfermedad o accidentes, las personas deberán presentar el respectivo certificado médico, como constancia de que estuvieron imposibilitadas de asistir a su recinto de votación.
En situaciones de fuerza mayor, como desastres naturales, se debe presentar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitidas por autoridades públicas.
En caso de viaje, el ciudadano debe presentar una fotocopia del pasaje, que justifiquen la ausencia el día de la votación. También se podrá presentar el pasaporte con sello de salida e ingreso u otro documento equivalente.
Cuando se trate de un cambio de destino laboral, se debe presentar un certificado emitido por la autoridad correspondiente o de la jefatura superior.
Si el ciudadano no tiene justificativos, debe pagar una multa del 10% de un salario mínimo nacional, por tanto, cancelará una sanción de Bs 212, según el “Reglamento de faltas y sanciones” de las elecciones 2021.
En caso de embarazo, enfermedad o accidentes, las personas deberán presentar el respectivo certificado médico, como constancia de que estuvieron imposibilitadas de asistir a su recinto de votación.
En situaciones de fuerza mayor, como desastres naturales, se debe presentar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitidas por autoridades públicas.
En caso de viaje, el ciudadano debe presentar una fotocopia del pasaje, que justifiquen la ausencia el día de la votación. También se podrá presentar el pasaporte con sello de salida e ingreso u otro documento equivalente.
Cuando se trate de un cambio de destino laboral, se debe presentar un certificado emitido por la autoridad correspondiente o de la jefatura superior.
Si el ciudadano no tiene justificativos, debe pagar una multa del 10% de un salario mínimo nacional, por tanto, cancelará una sanción de Bs 212, según el “Reglamento de faltas y sanciones” de las elecciones 2021.