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Registro de personas transgénero en el SERECI.
La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) emite el presente comunicado en relación al Instructivo N. TSE-PRES-SC-015/2017 sobre el registro de matrimonio de personas transexuales y transgénero:
Dicho instructivo tiene carácter administrativo interno, toda vez que está dirigido al Servicio de Registro Cívico (SERECI), instancia dependiente del Tribunal Supremo Electoral. El mismo fue emitido en estricto apego a la Constitución Política del Estado y las leyes vigentes, dando cumplimiento a una decisión de Sala Plena, máxima instancia del Órgano Electoral Plurinacional.
En aplicación de la Ley Nº 807 de Identidad de Género, el instructivo está orientado a garantizar el ejercicio de “todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales, así como las obligaciones inherentes a la identidad de género asumida”, de las personas que hubiesen optado por el cambio de su identidad de género.
En ningún momento dicho instructivo modifica o altera el instituto del matrimonio que, como lo establece la Constitución Política del Estado, se produce entre una mujer y un hombre y se constituye por vínculos jurídicos.
En aplicación de la Ley Nº 807 de Identidad de Género, el instructivo está orientado a garantizar el ejercicio de “todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales, así como las obligaciones inherentes a la identidad de género asumida”, de las personas que hubiesen optado por el cambio de su identidad de género.
En ningún momento dicho instructivo modifica o altera el instituto del matrimonio que, como lo establece la Constitución Política del Estado, se produce entre una mujer y un hombre y se constituye por vínculos jurídicos.