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El presidente del TED Beni, Rodolfo Coimbra.
El Tribunal Electoral Departamental (TED) del Beni, mediante la Resolución SP/TED-BENI N° 065/2018, determinó archivar el proceso de revocatoria impulsado para el alcalde de Huacaraje, Ginger Llapiz Leigue, debido a que los promotores no entregaron los libros de adhesión en el plazo de 90 días, que concluyó el 3 de mayo.
El presidente del TED Beni, Rodolfo Coimbra, informó que el plazo de los 90 días establecidos para que las/os promotores entreguen los libros de adhesión ciudadana se cumplió el miércoles 3 de mayo. El periodo comenzó a contabilizarse desde el 2 de febrero, fecha en la que el TED entregó la resolución de habilitación a la primera solicitud y el formato para la impresión de los libros.
“Hemos asumido la decisión de archivar la solicitud en virtud al informe de Secretaría de Cámara, donde manifiesta que las/os promotores del proceso de revocatoria de mandato para el Alcalde de Huacaraje no cumplieron los plazos establecidos para la entrega de libros y el sistema de registro de adherentes. Por lo tanto, aplicamos lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Condiciones Administrativas para los Procesos de Revocatoria de Mandato de Autoridades Electas por Voto Popular y el artículo 27 de la Ley Nº 026 del Régimen Electoral”, afirmó Coimbra.
Asimismo, la autoridad señaló que en el caso de Rurrenabaque, donde se promueve la revocatoria del alcalde Anacleto Dávalos, las/os impulsores de la iniciativa hicieron llegar al TED Beni 38 libros de adhesión el 8 de mayo, un día antes de la fecha prevista para la conclusión del plazo de 90 días.
“Al momento, los libros se encuentran en la etapa de verificación del cumplimiento de las formalidades señaladas en el Reglamento. En primera instancia, Secretaría de Cámara tiene que verificar que la cantidad de firmas coincida en el sistema informático que se les entregó y los libros de adherentes, de acuerdo al inventario. Si en ambos formatos los datos coinciden, los libros pasarán a la siguiente etapa, que es de contrastación en el Padrón Electoral de los datos consignados. Para ello tenemos un plazo de 60 días calendario. En caso de que los datos no coincidan, Secretaría de Cámara emitirá el informe correspondiente a Sala Plena”, detalló.
“Hemos asumido la decisión de archivar la solicitud en virtud al informe de Secretaría de Cámara, donde manifiesta que las/os promotores del proceso de revocatoria de mandato para el Alcalde de Huacaraje no cumplieron los plazos establecidos para la entrega de libros y el sistema de registro de adherentes. Por lo tanto, aplicamos lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Condiciones Administrativas para los Procesos de Revocatoria de Mandato de Autoridades Electas por Voto Popular y el artículo 27 de la Ley Nº 026 del Régimen Electoral”, afirmó Coimbra.
Asimismo, la autoridad señaló que en el caso de Rurrenabaque, donde se promueve la revocatoria del alcalde Anacleto Dávalos, las/os impulsores de la iniciativa hicieron llegar al TED Beni 38 libros de adhesión el 8 de mayo, un día antes de la fecha prevista para la conclusión del plazo de 90 días.
“Al momento, los libros se encuentran en la etapa de verificación del cumplimiento de las formalidades señaladas en el Reglamento. En primera instancia, Secretaría de Cámara tiene que verificar que la cantidad de firmas coincida en el sistema informático que se les entregó y los libros de adherentes, de acuerdo al inventario. Si en ambos formatos los datos coinciden, los libros pasarán a la siguiente etapa, que es de contrastación en el Padrón Electoral de los datos consignados. Para ello tenemos un plazo de 60 días calendario. En caso de que los datos no coincidan, Secretaría de Cámara emitirá el informe correspondiente a Sala Plena”, detalló.