José Luis Exeni
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Vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dudas, vendettas, obsesiones. ¿Es posible regular las redes sociales digitales? ¿Es deseable hacerlo? En otra lógica: ¿qué hacer para “controlar” o al menos atenuar su demostrado potencial como escenario/instrumento de guerra sucia? O mejor: ¿de qué modo alentar su energía creadora, dialógica, movilizadora, participativa? En nuestra democracia electoral, las redes sociales llegaron para quedarse, como ha quedado sobradamente demostrado en el referendo constitucional. Y bien haremos en darles la bienvenida con debate y multitud de preguntas.
Regular o no regular. Cuando en el equipo técnico del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), del Tribunal Supremo Electoral, elaborábamos la propuesta de Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, asumimos por principio que, en materia electoral, no es posible ni deseable regular las redes sociales digitales. Coincidimos más bien en que el desafío radica en impulsar en ellas el ejercicio del derecho constitucional a la libertad de expresión, en el horizonte de la democracia intercultural.
La premisa es que las redes sociales digitales, ora escenario, ora protagonistas, son espacios públicos (virtuales) donde difícilmente un órgano del poder público puede intervenir para normar, vigilar, castigar… Así, al igual que en la agenda informativa y de opinión en los medios de difusión masiva, reafirmamos que las ideas, opiniones y debates en las redes sociales en torno a procesos electorales y referendarios en el país deben manifestarse libremente, sin restricciones, ni controles, ni censura previa.
Ahora bien. Sostenida la convicción/principio en torno a la no regulación de las redes sociales digitales, resulta necesario considerar, a beneficio de inventario, algunos matices y atenuantes. ¿Se pueden adoptar ciertas reglas mínimas para los sitios web y las redes sociales en materia electoral? La respuesta es que no solo es posible, sino necesario. Con las cuentas oficiales de entidades públicas y de organizaciones políticas, por ejemplo. Veamos el más reciente, probatorio ejercicio.
En el mencionado Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo se estableció una innovadora prohibición para las entidades públicas del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas: “no podrán hacer uso de sus páginas web y sus redes sociales digitales oficiales, dependientes o de subdominio, para la difusión de propaganda electoral durante todo el periodo electoral”, establecía el artículo 35. Con algunos enojos, se hizo cumplir. Y se reconoció como avance.
También fue necesario dar cuenta del carácter esencial pero no absoluto de la libertad de expresión. ¿Cómo se hizo desde la normativa electoral? Señalando que las informaciones, opiniones y debates en las redes sociales digitales, como en cualquier espacio público, deben ejercerse “tomando en cuenta las limitaciones vigentes en la Constitución Política del Estado, y en otras leyes, que tengan por finalidad la preservación de los derechos fundamentales de las personas”. Parece obvio. En la práctica no lo es tanto.
¿Y la guerra sucia? ¿Qué hacer? ¿Es posible evitarla en las redes sociales? En el reciente estudio Comicios Mediáticos II se evidenció que la propaganda negativa, cuyo espacio privilegiado en el pasado fueron los spots televisivos de propaganda pagada, se había traslado ya en las elecciones generales de 2014 a la agenda informativa y, en especial, a las redes sociales digitales. La tendencia se acentuó en el reciente referendo. Y aquí la intervención del Órgano Electoral se limitó a una exhortación que se (de)mostró insuficiente e inútil.
Memes, memes, memes. Ahora bien, más allá del debate, todavía rudimentario, acerca de la (no) regulación en las redes sociales digitales, quizás lo más relevante en este campo, en torno al referendo constitucional 2016, tiene que ver con la entrada en escena de un fenómeno que, en clave exploratoria, identifico como “memetización” de la política. ¿Qué significa? Planteo dos hipótesis. La primera es que los memes y su veloz propagación en las redes adquieren centralidad en el debate público-político como unidad de contenido/difusión en las comunidades virtuales.
La segunda hipótesis es que hoy la competencia electoral, con creciente presencia de los medios interactivos que tienden a competir con los aún dominantes medios masivos (en especial la televisión), tiene en los memes un eficaz instrumento de campaña y de propaganda. La viralización de los llamados “sucesos de campaña” a través de memes compartidos, reconocidos, vinculados con otros memes, (re)interpretados y, en su caso, “exportados” a la agenda mediática, construye asociaciones de pertenencia política en torno a una candidatura o, en referendos, una opción.
Claro que, como ocurre con la todavía existente “spotización” de la política, el recurso a los memes privilegia las imágenes más que las propuestas, subordina el qué se dice al cómo se dice, debilita la deliberación pública con mensajes simpáticos y creativos pero usualmente efímeros, resalta las consignas por encima de los argumentos… Demás está decir que resultaría ingenuo pedirle otra cosa a la política “memetizada”. Su naturaleza es precisamente ésa. Y debemos asumirla como dato.
Así, tras esta breve exploración, replanteo la pregunta de origen. ¿Es posible/deseable regular las redes sociales digitales, habida cuenta de su enorme potencial expresado en la “memetización” de la política? Sostengo que antes de pensar en regular las redes, el reto mayor es democratizarlas. Al menos en dos sentidos: de acceso, hoy restringido para una parte sustantiva de la población; y de participación, como espacio no de guerra sucia, no de insulto anónimo, sino para el diálogo plural y la deliberación informada.
Concluyo subrayando, como ventanita, tres buenas noticias. La primera, para la comunicación, es que hay mucha comunicación más allá de los medios de difusión y las redes sociales digitales. La segunda buena noticia, para la democracia, es que hay mucha democracia más allá del sufragio individual y las organizaciones políticas. Y la tercera, en fin, para la política, es que hay mucha política más allá de su “spotización” y su “memetización”. Corren tiempos intensos e interesantes en nuestro complejo proceso de refundación estatal.
Publicado originalmente en "Animal Político"
La premisa es que las redes sociales digitales, ora escenario, ora protagonistas, son espacios públicos (virtuales) donde difícilmente un órgano del poder público puede intervenir para normar, vigilar, castigar… Así, al igual que en la agenda informativa y de opinión en los medios de difusión masiva, reafirmamos que las ideas, opiniones y debates en las redes sociales en torno a procesos electorales y referendarios en el país deben manifestarse libremente, sin restricciones, ni controles, ni censura previa.
Ahora bien. Sostenida la convicción/principio en torno a la no regulación de las redes sociales digitales, resulta necesario considerar, a beneficio de inventario, algunos matices y atenuantes. ¿Se pueden adoptar ciertas reglas mínimas para los sitios web y las redes sociales en materia electoral? La respuesta es que no solo es posible, sino necesario. Con las cuentas oficiales de entidades públicas y de organizaciones políticas, por ejemplo. Veamos el más reciente, probatorio ejercicio.
En el mencionado Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo se estableció una innovadora prohibición para las entidades públicas del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas: “no podrán hacer uso de sus páginas web y sus redes sociales digitales oficiales, dependientes o de subdominio, para la difusión de propaganda electoral durante todo el periodo electoral”, establecía el artículo 35. Con algunos enojos, se hizo cumplir. Y se reconoció como avance.
También fue necesario dar cuenta del carácter esencial pero no absoluto de la libertad de expresión. ¿Cómo se hizo desde la normativa electoral? Señalando que las informaciones, opiniones y debates en las redes sociales digitales, como en cualquier espacio público, deben ejercerse “tomando en cuenta las limitaciones vigentes en la Constitución Política del Estado, y en otras leyes, que tengan por finalidad la preservación de los derechos fundamentales de las personas”. Parece obvio. En la práctica no lo es tanto.
¿Y la guerra sucia? ¿Qué hacer? ¿Es posible evitarla en las redes sociales? En el reciente estudio Comicios Mediáticos II se evidenció que la propaganda negativa, cuyo espacio privilegiado en el pasado fueron los spots televisivos de propaganda pagada, se había traslado ya en las elecciones generales de 2014 a la agenda informativa y, en especial, a las redes sociales digitales. La tendencia se acentuó en el reciente referendo. Y aquí la intervención del Órgano Electoral se limitó a una exhortación que se (de)mostró insuficiente e inútil.
Memes, memes, memes. Ahora bien, más allá del debate, todavía rudimentario, acerca de la (no) regulación en las redes sociales digitales, quizás lo más relevante en este campo, en torno al referendo constitucional 2016, tiene que ver con la entrada en escena de un fenómeno que, en clave exploratoria, identifico como “memetización” de la política. ¿Qué significa? Planteo dos hipótesis. La primera es que los memes y su veloz propagación en las redes adquieren centralidad en el debate público-político como unidad de contenido/difusión en las comunidades virtuales.
La segunda hipótesis es que hoy la competencia electoral, con creciente presencia de los medios interactivos que tienden a competir con los aún dominantes medios masivos (en especial la televisión), tiene en los memes un eficaz instrumento de campaña y de propaganda. La viralización de los llamados “sucesos de campaña” a través de memes compartidos, reconocidos, vinculados con otros memes, (re)interpretados y, en su caso, “exportados” a la agenda mediática, construye asociaciones de pertenencia política en torno a una candidatura o, en referendos, una opción.
Claro que, como ocurre con la todavía existente “spotización” de la política, el recurso a los memes privilegia las imágenes más que las propuestas, subordina el qué se dice al cómo se dice, debilita la deliberación pública con mensajes simpáticos y creativos pero usualmente efímeros, resalta las consignas por encima de los argumentos… Demás está decir que resultaría ingenuo pedirle otra cosa a la política “memetizada”. Su naturaleza es precisamente ésa. Y debemos asumirla como dato.
Así, tras esta breve exploración, replanteo la pregunta de origen. ¿Es posible/deseable regular las redes sociales digitales, habida cuenta de su enorme potencial expresado en la “memetización” de la política? Sostengo que antes de pensar en regular las redes, el reto mayor es democratizarlas. Al menos en dos sentidos: de acceso, hoy restringido para una parte sustantiva de la población; y de participación, como espacio no de guerra sucia, no de insulto anónimo, sino para el diálogo plural y la deliberación informada.
Concluyo subrayando, como ventanita, tres buenas noticias. La primera, para la comunicación, es que hay mucha comunicación más allá de los medios de difusión y las redes sociales digitales. La segunda buena noticia, para la democracia, es que hay mucha democracia más allá del sufragio individual y las organizaciones políticas. Y la tercera, en fin, para la política, es que hay mucha política más allá de su “spotización” y su “memetización”. Corren tiempos intensos e interesantes en nuestro complejo proceso de refundación estatal.
Publicado originalmente en "Animal Político"