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Medios en conferencia de prensa Foto: Los Tiempos
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) sancionó de oficio a seis medios de comunicación por incumplimiento del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referendo. La sanción es resultado del sistema de monitoreo implementado por el Órgano Electoral, que reportó a Sala Plena las faltas en la difusión de propaganda gubernamental y propaganda electoral.
Los medios sancionados son: el periódico Página Siete, el semanario La Época, Radio Televisión Popular (RTP) y los canales televisivos ATB local, Red Uno local y Atesur de Chuquisaca, por incumplir los artículos 15 y 23 del Reglamento.
RTP fue sancionada por vulnerar el artículo 15 del Reglamento, que fija los límites máximos establecidos para la difusión de propaganda electoral, que no pueden exceder los 10 minutos diarios (600 segundos) en medios de alcance nacional. El pasado lunes 25 de enero, RTP excedió en 96 segundos el límite máximo en la difusión de spots de una de las opciones en consulta.
Los demás medios de comunicación fueron sancionados por infringir el artículo 23 sobre Difusión de Propaganda Gubernamental, que establece que la difusión de propaganda gubernamental queda suspendida desde 30 días antes de la votación hasta las 20 horas de la jornada electoral, en los niveles nacional, departamental, regional y municipal.
Página Siete publicó este semana un aviso del Ministerio de Comunicación, La Época por su parte difundió cuatro avisos gubernamentales en su edición semanal del 24 al 30 de enero, y los tres canales de televisión locales en Chuquisaca difundieron un spot del Fondo de Previsión Social, también prohibido por la norma. La difusión de este spot fue suspendida inmediatamente por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE).
En todos los casos, además de la notificación correspondiente, los medios fueron sancionados con una multa de conformidad con la Ley y el Reglamento.
Las previsiones normativas sobre propaganda electoral pagada en medios de comunicación, así como propaganda gubernamental, entraron en vigencia el pasado viernes 22 de enero, 30 días antes de la jornada de votación del Referendo Constitucional. Este lunes 1° de febrero se inicia la difusión de propaganda electoral gratuita en los medios de comunicación del Estado.
RTP fue sancionada por vulnerar el artículo 15 del Reglamento, que fija los límites máximos establecidos para la difusión de propaganda electoral, que no pueden exceder los 10 minutos diarios (600 segundos) en medios de alcance nacional. El pasado lunes 25 de enero, RTP excedió en 96 segundos el límite máximo en la difusión de spots de una de las opciones en consulta.
Los demás medios de comunicación fueron sancionados por infringir el artículo 23 sobre Difusión de Propaganda Gubernamental, que establece que la difusión de propaganda gubernamental queda suspendida desde 30 días antes de la votación hasta las 20 horas de la jornada electoral, en los niveles nacional, departamental, regional y municipal.
Página Siete publicó este semana un aviso del Ministerio de Comunicación, La Época por su parte difundió cuatro avisos gubernamentales en su edición semanal del 24 al 30 de enero, y los tres canales de televisión locales en Chuquisaca difundieron un spot del Fondo de Previsión Social, también prohibido por la norma. La difusión de este spot fue suspendida inmediatamente por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE).
En todos los casos, además de la notificación correspondiente, los medios fueron sancionados con una multa de conformidad con la Ley y el Reglamento.
Las previsiones normativas sobre propaganda electoral pagada en medios de comunicación, así como propaganda gubernamental, entraron en vigencia el pasado viernes 22 de enero, 30 días antes de la jornada de votación del Referendo Constitucional. Este lunes 1° de febrero se inicia la difusión de propaganda electoral gratuita en los medios de comunicación del Estado.