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El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Oscar Hassenteufel, explicó que las actas de las Elecciones Generales de 2019 son de dominio público y su revisión por cualquier instancia no implica cambio alguno en las etapas o resultados de un proceso electoral porque rige el principio de preclusión establecido en la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
La aseveración de la autoridad electoral surge a raíz de que la Procuraduría General del Estado inició este lunes 11 de octubre la revisión y “análisis de actas electorales” de las elecciones de la gestión 2019.
“Cualquier ciudadano tiene a su disposición estos documentos, las actas, entonces quien quiera revisarlas puede hacerlo, están en la página web del Tribunal (Supremo Electoral). En este caso concreto, le hemos brindado todas las facilidades al señor Procurador (General del Estado) para que pueda llevar adelante ese trabajo; pero nosotros no participamos de ese trabajo”, remarcó Hassenteufel.
Las declaraciones de la autoridad electoral fueron hechas la mañana de este miércoles en ocasión de la firma del convenio interinstitucional entre el TSE y la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier (USFX), en la ciudad de Sucre.
Hassenteufel detalló que todo lo que aconteció y que no fue objeto de objeción ni de cuestionamiento en su momento, y siguiendo los procedimientos establecidos en las propias normas, queda consolidado y no hay posibilidad de modificación, en eso consiste el principio de preclusión establecido en el artículo 2 de la Ley 026.
Explicó que, en general, “los resultados de un proceso electoral son los que se han dado en la realidad. Desde el Órgano Electoral no se hace ninguna modificación a esos documentos, por eso el Órgano Electoral tiene guardadas las actas y el que quiera comprobar la veracidad de los datos lo puede hacer”, finalizó la autoridad.
“Cualquier ciudadano tiene a su disposición estos documentos, las actas, entonces quien quiera revisarlas puede hacerlo, están en la página web del Tribunal (Supremo Electoral). En este caso concreto, le hemos brindado todas las facilidades al señor Procurador (General del Estado) para que pueda llevar adelante ese trabajo; pero nosotros no participamos de ese trabajo”, remarcó Hassenteufel.
Hassenteufel detalló que todo lo que aconteció y que no fue objeto de objeción ni de cuestionamiento en su momento, y siguiendo los procedimientos establecidos en las propias normas, queda consolidado y no hay posibilidad de modificación, en eso consiste el principio de preclusión establecido en el artículo 2 de la Ley 026.
Explicó que, en general, “los resultados de un proceso electoral son los que se han dado en la realidad. Desde el Órgano Electoral no se hace ninguna modificación a esos documentos, por eso el Órgano Electoral tiene guardadas las actas y el que quiera comprobar la veracidad de los datos lo puede hacer”, finalizó la autoridad.