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Vocal del TSE, Idelfonso Mamani.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) interpuso ante el Ministerio Público una denuncia penal por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado en contra de las personas que ofrecieron, vía redes sociales, la venta de certificados de impedimento del Referendo Constitucional 2016, informó el vocal de la institución, Idelfonso Mamani.
La autoridad electoral dijo a Fuente Directa que la denuncia se realizó en apego al Código Penal Boliviano y a la Ley 026 de Régimen Electoral, luego que la Sala Plena del ente electoral tomó conocimiento del ofrecimiento de certificados de impedimento.
“Por intermedio de esta denuncia al Ministerio Público realizamos la advertencia a la ciudadanía. El certificado de impedimento es el documento público aprobado por el TSE por el cual se certifica que su titular, habiendo estado habilitado para votar, no lo hizo por razones de fuerza mayor o caso fortuito y en conformidad al artículo 145 de la Ley 026, los TED son los únicos autorizados de extender los certificados en sus oficinas y sin costo alguno, sólo previa presentación de la debida justificación”, explicó.
A través de la denuncia, el TSE solicita al Ministerio Público instruir el inicio, realización y dirección de la investigación penal para concluir con las respectivas sanciones contra todos los involucrados en este hecho doloso.
“En ese marco, el TSE convoca a las ciudadanas y ciudadanos a denunciar estos hechos irregulares, para que se tomen las medidas correspondientes contra personas que pretendan alterar y/o comercializar los certificados de impedimento”, afirmó Mamani.
Certificados de impedimento
Quienes no votaron en el Referendo Constitucional 2016 podrán solicitar su certificado de impedimento hasta el 22 de marzo previa presentación en los Tribunales Electorales Departamentales (TED), de algunos requisitos.
Los documentos requeridos son: Una nota dirigida al presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED), correspondiente, fotocopia de cédula de identidad y el justificativo de la razón por la que no votó.
Los casos en los que se puede solicitar un certificado de impedimento por la no emisión del Voto en la jornada electoral son:
- En caso de fuerza mayor (desastres naturales), presentar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitas por las autoridades públicas.
- En caso de accidente presentar certificado médico.
- En caso de viajes presentar fotocopias de los pasajes.
- En caso de cambio de destino, presentar documento pertinente (para policías y militares)
- En caso de cambio de domicilio después del empadronamiento fotocopia simple del contrato de alquiler.
Entretanto, las personas mayores de 70 años no están obligadas a votar por lo tanto no deben tramitar su certificado d impedimento, conforme al artículo 154 de la Ley 018.
“Por intermedio de esta denuncia al Ministerio Público realizamos la advertencia a la ciudadanía. El certificado de impedimento es el documento público aprobado por el TSE por el cual se certifica que su titular, habiendo estado habilitado para votar, no lo hizo por razones de fuerza mayor o caso fortuito y en conformidad al artículo 145 de la Ley 026, los TED son los únicos autorizados de extender los certificados en sus oficinas y sin costo alguno, sólo previa presentación de la debida justificación”, explicó.
A través de la denuncia, el TSE solicita al Ministerio Público instruir el inicio, realización y dirección de la investigación penal para concluir con las respectivas sanciones contra todos los involucrados en este hecho doloso.
“En ese marco, el TSE convoca a las ciudadanas y ciudadanos a denunciar estos hechos irregulares, para que se tomen las medidas correspondientes contra personas que pretendan alterar y/o comercializar los certificados de impedimento”, afirmó Mamani.
Certificados de impedimento
Quienes no votaron en el Referendo Constitucional 2016 podrán solicitar su certificado de impedimento hasta el 22 de marzo previa presentación en los Tribunales Electorales Departamentales (TED), de algunos requisitos.
Los documentos requeridos son: Una nota dirigida al presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED), correspondiente, fotocopia de cédula de identidad y el justificativo de la razón por la que no votó.
Los casos en los que se puede solicitar un certificado de impedimento por la no emisión del Voto en la jornada electoral son:
- En caso de fuerza mayor (desastres naturales), presentar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitas por las autoridades públicas.
- En caso de accidente presentar certificado médico.
- En caso de viajes presentar fotocopias de los pasajes.
- En caso de cambio de destino, presentar documento pertinente (para policías y militares)
- En caso de cambio de domicilio después del empadronamiento fotocopia simple del contrato de alquiler.
Entretanto, las personas mayores de 70 años no están obligadas a votar por lo tanto no deben tramitar su certificado d impedimento, conforme al artículo 154 de la Ley 018.