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Trabajo de jurados de mesa (Archivo)
En aplicación a lo dispuesto por la Ley 026 del Régimen Electoral, y el Reglamento para el Referendo Constitucional 2016, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) instruyó el lunes la acreditación de delegados de mesas de sufragio de organizaciones políticas, sociales y de pueblos indígenas originarios campesinos.
La resolución establece que todas las organizaciones registradas ante el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) para acceder a propaganda electoral gratuita en el Referendo Constitucional 2016, tienen derecho y están habilitadas para acreditar delegadas y delegados de mesa durante la jornada de votación del domingo 21 de febrero, quienes accederán a una copia del acta electoral.
“Las organizaciones registradas por cada opción (Sí o No) deberán articularse en Frentes de Opción, cada uno de los cuales podrá acreditar una o un delegado por mesa, el que tendrá derecho a firmar la apertura y/o cierre del acta electoral y recibir la copia correspondiente de la misma”, según el instructivo emitido por el OEP.
Hasta el día viernes 12 de febrero los Tribunales Electorales Departamentales (TED) convocarán a las organizaciones políticas, sociales y de pueblos indígenas originarios campesinos acreditadas a nivel nacional y departamental, a una reunión de coordinación por cada frente de opción para hacerles conocer y entregarles la lista de recintos y mesas electorales habilitados para el Referendo Constitucional 2016 en el departamento correspondiente, a fin de que los frentes de opción por el Sí y por el No puedan organizar su acreditación de delegadas y delegados de mesa.
Conforme al instructivo, la disposición precedente no limita el derecho de las organizaciones políticas y sociales registradas para el Referendo Constitucional 2016 de tener presencia en los recintos, durante toda la jornada del domingo 21 de febrero, como parte del derecho ciudadano de participar en estos actos públicos. Esta presencia no implica bajo ninguna circunstancia la interferencia en el trabajo de las y los jurados electorales, ni entorpecer el normal y ordenado funcionamiento de las mesas de sufragio, bajo pena de ser procesados por el delito electoral de obstaculización de procesos electorales (Artículo 238, inciso h, de la Ley 026 del Régimen Electoral).
El OEP aclara que no se recibirán listas de delegadas o delegados de organizaciones políticas o sociales que no se hayan articulado en Frentes de Opción.
Plazos y acreditación
La presentación de las listas por frentes de opción podrá realizarse hasta las 18:30 horas del día viernes 19 de febrero de 2016, impostergablemente, en Secretaría de Cámara del TED correspondiente.
Los frentes de opción podrán acreditar delegadas y delegados el día del Referendo en las mesas de sufragio. La o el delegado que pretenda acreditarse deberá presentar un documento o credencial emitido por el frente de opción o la organización política o social que representa, registrada ante el tribunal electoral, además de su cédula de identidad.
Si hasta la hora de apertura de la mesa de sufragio no se presentara ninguna delegada o delegado por frente de opción, la primera delegada o delegado que llegue a la mesa de sufragio en el transcurso de la jornada de votación, se registrará ante el Secretario para quedarse en la mesa y, al finalizar la jornada, podrá firmar el cierre del acta electoral y recibir una copia de la misma.
En cada mesa de sufragio se acreditará solamente a una persona por frente de opción, a la que se le hará entrega de una copia del acta electoral.
Identificación de los delegados
Para identificarse, las o los delegados podrán portar un brazalete o gorra de color blanco con la inscripción “Delegado o Delegada” en letras negras. En ningún caso podrá hacerse mención o alusión al Sí o al No. Tampoco podrán ser utilizados como distintivos los colores verde o rojo; ni los colores, banderas, emblemas u otros distintivos de las organizaciones políticas y sociales acreditadas.
La ausencia o falta de participación de delegadas o delegados no impide ni menos limita la realización y procedimientos electorales en la mesas de sufragio durante toda la jornada electoral, ni conlleva la invalidez de los mismos.
“Las organizaciones registradas por cada opción (Sí o No) deberán articularse en Frentes de Opción, cada uno de los cuales podrá acreditar una o un delegado por mesa, el que tendrá derecho a firmar la apertura y/o cierre del acta electoral y recibir la copia correspondiente de la misma”, según el instructivo emitido por el OEP.
Hasta el día viernes 12 de febrero los Tribunales Electorales Departamentales (TED) convocarán a las organizaciones políticas, sociales y de pueblos indígenas originarios campesinos acreditadas a nivel nacional y departamental, a una reunión de coordinación por cada frente de opción para hacerles conocer y entregarles la lista de recintos y mesas electorales habilitados para el Referendo Constitucional 2016 en el departamento correspondiente, a fin de que los frentes de opción por el Sí y por el No puedan organizar su acreditación de delegadas y delegados de mesa.
Conforme al instructivo, la disposición precedente no limita el derecho de las organizaciones políticas y sociales registradas para el Referendo Constitucional 2016 de tener presencia en los recintos, durante toda la jornada del domingo 21 de febrero, como parte del derecho ciudadano de participar en estos actos públicos. Esta presencia no implica bajo ninguna circunstancia la interferencia en el trabajo de las y los jurados electorales, ni entorpecer el normal y ordenado funcionamiento de las mesas de sufragio, bajo pena de ser procesados por el delito electoral de obstaculización de procesos electorales (Artículo 238, inciso h, de la Ley 026 del Régimen Electoral).
El OEP aclara que no se recibirán listas de delegadas o delegados de organizaciones políticas o sociales que no se hayan articulado en Frentes de Opción.
Plazos y acreditación
La presentación de las listas por frentes de opción podrá realizarse hasta las 18:30 horas del día viernes 19 de febrero de 2016, impostergablemente, en Secretaría de Cámara del TED correspondiente.
Los frentes de opción podrán acreditar delegadas y delegados el día del Referendo en las mesas de sufragio. La o el delegado que pretenda acreditarse deberá presentar un documento o credencial emitido por el frente de opción o la organización política o social que representa, registrada ante el tribunal electoral, además de su cédula de identidad.
Si hasta la hora de apertura de la mesa de sufragio no se presentara ninguna delegada o delegado por frente de opción, la primera delegada o delegado que llegue a la mesa de sufragio en el transcurso de la jornada de votación, se registrará ante el Secretario para quedarse en la mesa y, al finalizar la jornada, podrá firmar el cierre del acta electoral y recibir una copia de la misma.
En cada mesa de sufragio se acreditará solamente a una persona por frente de opción, a la que se le hará entrega de una copia del acta electoral.
Identificación de los delegados
Para identificarse, las o los delegados podrán portar un brazalete o gorra de color blanco con la inscripción “Delegado o Delegada” en letras negras. En ningún caso podrá hacerse mención o alusión al Sí o al No. Tampoco podrán ser utilizados como distintivos los colores verde o rojo; ni los colores, banderas, emblemas u otros distintivos de las organizaciones políticas y sociales acreditadas.
La ausencia o falta de participación de delegadas o delegados no impide ni menos limita la realización y procedimientos electorales en la mesas de sufragio durante toda la jornada electoral, ni conlleva la invalidez de los mismos.