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El Tribunal Supremo Electoral (TSE), por decisión unánime de su Sala Plena, dispuso la cancelación de la personalidad jurídica del partido político Acción Democrática Nacionalista (ADN), así como de las agrupaciones ciudadanas Nacionalidades Autónomas por el Cambio y Empoderamiento Democrático (NACER) y Pando Somos Todos (PST).
La determinación fue asumida mediante la Resolución TSE-RSP-ADM N.° 020/2026, de fecha 12 de enero de 2026, en cumplimiento del Auto Constitucional 0782/2025-CA, emitido el 29 de diciembre de 2025. Como consecuencia de esta decisión, quedan inhabilitadas todas las candidaturas presentadas por las referidas organizaciones políticas para el proceso electoral en curso.
La Ley 1096 de Organizaciones Políticas determina que una de las causales para la cancelación de personalidad jurídica es no haber obtenido al menos el 3 % del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron. En las pasadas Elecciones Generales 2025, ADN obtuvo el 1,45 % del total de votos.
En ese sentido, el TSE resolvió la cancelación de la personalidad jurídica de las alianzas políticas conformadas con el partido Acción Democrática Nacionalista para las Elecciones Subnacionales, entre ellas: Nueva República (NEO-RES-PVB), Primero El Alto, Recuperemos La Paz, Vamos por el Progreso y SAO-ADN, quedando también inhabilitadas las candidaturas postuladas por dichas alianzas.
El TSE aclaró que la cancelación de la personalidad jurídica no implica la extinción del mandato de las autoridades electas en procesos electorales anteriores por estas organizaciones políticas, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 1096.
Asimismo, se instruyó a los Tribunales Electorales Departamentales y a las instancias competentes el estricto cumplimiento de las disposiciones emitidas, en el marco de la legalidad y la transparencia del proceso electoral.
La Ley 1096 de Organizaciones Políticas determina que una de las causales para la cancelación de personalidad jurídica es no haber obtenido al menos el 3 % del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron. En las pasadas Elecciones Generales 2025, ADN obtuvo el 1,45 % del total de votos.
En ese sentido, el TSE resolvió la cancelación de la personalidad jurídica de las alianzas políticas conformadas con el partido Acción Democrática Nacionalista para las Elecciones Subnacionales, entre ellas: Nueva República (NEO-RES-PVB), Primero El Alto, Recuperemos La Paz, Vamos por el Progreso y SAO-ADN, quedando también inhabilitadas las candidaturas postuladas por dichas alianzas.
El TSE aclaró que la cancelación de la personalidad jurídica no implica la extinción del mandato de las autoridades electas en procesos electorales anteriores por estas organizaciones políticas, conforme a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 1096.
Asimismo, se instruyó a los Tribunales Electorales Departamentales y a las instancias competentes el estricto cumplimiento de las disposiciones emitidas, en el marco de la legalidad y la transparencia del proceso electoral.






