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El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija recordó que las y los ciudadanos designados jurados de mesa de sufragio para la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2025 podrán presentar sus solicitudes de excusa hasta el domingo 28 de septiembre, en cumplimiento de la actividad 77 del calendario electoral.
Hasta la fecha, el TED Tarija ha recibido 457 solicitudes de excusa, presentadas tanto de manera virtual como presencial. De ellas, 190 ya fueron aceptadas. Entre las causales más frecuentes se encuentran el estado de gestación, personas con hijas o hijos lactantes menores de dos años y ciudadanos con problemas de salud.
Las solicitudes pueden gestionarse de dos maneras:
En ambos casos es obligatorio presentar la cédula de identidad vigente y los documentos que justifiquen la causal invocada. La respuesta del trámite se comunica en un plazo de 24 a 48 horas por el mismo medio en el que se inició la gestión.
De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de Elecciones Generales 2025, las causales de excusa comprenden:
Finalmente, el TED Tarija reiteró que ser jurado electoral se constituye en una obligación cívica. Quienes no cumplan con esta responsabilidad ni presenten excusas en el plazo establecido estarán sujetos a una sanción equivalente al 50% de un salario mínimo nacional, conforme a normativa vigente.
Las solicitudes pueden gestionarse de dos maneras:
- De forma presencial: en las oficinas del TED Tarija, ubicadas en la calle Ingavi Nro. 475, entre las calles General Trigo y Campero.
- De manera virtual: a través de la Plataforma Ciudadana Digital del Órgano Electoral Plurinacional (https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo).
En ambos casos es obligatorio presentar la cédula de identidad vigente y los documentos que justifiquen la causal invocada. La respuesta del trámite se comunica en un plazo de 24 a 48 horas por el mismo medio en el que se inició la gestión.
- Enfermedad debidamente comprobada.
- Estado de gravidez certificado.
- Fuerza mayor o caso fortuito.
- Ser candidato o candidata.
- Ejercer funciones como dirigente de una organización política.
- Prestar un servicio público o privado indispensable el día de la elección.
- Tener más de 60 años de edad.
- Tener bajo su dependencia a una persona con discapacidad o a un menor en periodo de lactancia de hasta dos años.
Finalmente, el TED Tarija reiteró que ser jurado electoral se constituye en una obligación cívica. Quienes no cumplan con esta responsabilidad ni presenten excusas en el plazo establecido estarán sujetos a una sanción equivalente al 50% de un salario mínimo nacional, conforme a normativa vigente.








