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A pocos días de la Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional 2024, el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), intensifica la capacitación de las juradas y jurados de mesas de sufragio en los 10 megacentros de capacitación permanente que habilitó en diversos lugares de la capital y de las provincias.
Los megacentros reciben a todas las personas sorteadas como juradas y jurados electorales, pero que por alguna razón no asistieron a las juntas de jurados que se organizaron para capacitarlos. El horario de atención es de 8:30 a 19:00 horas en los siguientes puntos:
Sanciones
Para este proceso electoral, y de acuerdo a la Resolución TSE-RSP-ADM Nº428/2024 del 20 de noviembre de 2024, la sanción establecida para la o el jurado electoral que de forma injustificada no asista o abandone la mesa se sufragio es del 50 % del salario mínimo nacional, es decir, Bs 1.250.
Asimismo, la electora o elector que no emita su voto el día de la elección es pasible a una sanción pecuniaria de Bs 500.
- Auditorio del TED Santa Cruz, calle Andrés Ibáñez Nro. 150
- Coliseo Santa Rosita del Distrito 1, calle Mataral Nro. 375
- Cooperativa Cosphul en el Distrito 5, Av. Cristo Redentor entre 5to. y 6to. Anillo
- Coliseo Virgen de Luján, Pampa de la Isla, Distrito 6
- Coliseo de la Villa 1ro. de Mayo, calle General Campero esquina Cumavi
- Coliseo Las Orquídeas del Plan 3000, Distrito 8
- Coliseo municipal Las Américas, Av. Santos Dumont, Distrito 9
- Cooperativa de Servicios Cosmol, en el municipio de Montero
- Comité Cívico de Warnes, en el municipio de Warnes
- Salón del Mercado Central, en el municipio de La Guardia
Sanciones
Para este proceso electoral, y de acuerdo a la Resolución TSE-RSP-ADM Nº428/2024 del 20 de noviembre de 2024, la sanción establecida para la o el jurado electoral que de forma injustificada no asista o abandone la mesa se sufragio es del 50 % del salario mínimo nacional, es decir, Bs 1.250.
Asimismo, la electora o elector que no emita su voto el día de la elección es pasible a una sanción pecuniaria de Bs 500.