Imagen:
A invitación de las autoridades de la Central Agraria Originario de Capital Humanata al Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz, el presidente, Sabino Chávez, informó sobre el proceso de conversión a Autonomía Indígena Originario Campesina (AIOC) a los Comunarios, Autoridades Originarias de los Ayllus de la localidad de Humanata, ubicada en la provincia de Eliodoro Camacho del departamento paceño, la autoridad explicó a los participantes, el papel que cumplirá el Tribunal Electoral Departamental en este proceso.
El TED La Paz en el marco de las normativas vigentes y para este efecto realizará el respectivo acompañamiento en sus diferentes etapas para la constitución autonómica hasta la elección de sus autoridades, según sus normas y procedimientos propios.
“Como TED La Paz, realizamos una breve explicación de cuál es el papel que cumplimos en este proceso y el respectivo acompañamiento que realizaremos en ese transcurso, y así fortalecer la democracia comunitaria”, aclaró el Presidente Chávez.
En esta socialización también participó el Viceministerio de Autonomías, quien explicó sobre la ruta que se debe seguir en este proceso de constitución de la Autonomía Indígena Originario Campesina, además de diferentes autoridades originarias de los ayllus y autoridades políticas.
Las autonomías indígena originario campesino (AIOC) son producto de las conversiones que realizan, tanto los territorios indígena originario campesinos (TIOC) como los municipios, según el artículo 291 de la Constitución Política del Estado.
La constitución de una AIOC es un proceso de cuatro etapas:
1. Acceso a la AIOC mediante consulta, según normas y procedimientos propios, artículo 56 de la ley 031 de autonomías y descentralización Andrés Ibañez.
2. Conformación del Órgano Deliberativo o su equivalente para la elaboración y aprobación del proyecto de Estatuto Indígena Originario Campesino;
3. Aprobación del Estatuto Autonómico, mediante normas y procedimientos propios, en caso de ser TIOC.
4. Elección de autoridades de acuerdo al estatuto autonómico de la AIOC, en sentido del ejercicio del autogobierno y la libre determinación.
“Como TED La Paz, realizamos una breve explicación de cuál es el papel que cumplimos en este proceso y el respectivo acompañamiento que realizaremos en ese transcurso, y así fortalecer la democracia comunitaria”, aclaró el Presidente Chávez.
Las autonomías indígena originario campesino (AIOC) son producto de las conversiones que realizan, tanto los territorios indígena originario campesinos (TIOC) como los municipios, según el artículo 291 de la Constitución Política del Estado.
La constitución de una AIOC es un proceso de cuatro etapas:
1. Acceso a la AIOC mediante consulta, según normas y procedimientos propios, artículo 56 de la ley 031 de autonomías y descentralización Andrés Ibañez.
2. Conformación del Órgano Deliberativo o su equivalente para la elaboración y aprobación del proyecto de Estatuto Indígena Originario Campesino;
3. Aprobación del Estatuto Autonómico, mediante normas y procedimientos propios, en caso de ser TIOC.
4. Elección de autoridades de acuerdo al estatuto autonómico de la AIOC, en sentido del ejercicio del autogobierno y la libre determinación.