Imagen:
Este lunes 29 se sortean jurados y juradas electorales en las regiones donde se repetirá la votación, según el Calendario Electoral del Referendo Constitucional 2016, esto significa que los inscritos en 25 mesas electorales: 24 en Santa Cruz y dos en La Paz, volverán a las urnas el próximo 6 de marzo.
En Santa Cruz la votación se repetirá en las unidades educativas 24 de septiembre y Carmen Ortíz, debido a la quema del material electoral que se suscitó el pasado 21 de febrero, día del Referendo Constitucional.
En la localidad de Irpacho, provincia Ingavi del municipio Viacha, circunscripción 19 del departamento de La Paz, se repetirá la votación en la Unidad Educativa Hacia El Mar, en la mesa número 4, porque el acta número 25638, con el resultado de los votos, se extravió. Similar situación se vivirá en la Unidad Educativa Rosemary de Barrientos, mesa 23 de la zona de Irpavi.
Entre el lunes 29 de febrero y el 5 de marzo, los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de las regiones en las que se repetirá la votación cumplirán con la designación, notificación y capacitación de jurados y juradas.
Conforme el artículo 177 parágrafo III de la Ley 026 de Régimen Electoral: “Declarada la nulidad, se repetirá el acto de votación en la mesa de sufragio correspondiente, con el mismo padrón y con nuevos jurados electorales, el segundo domingo siguiente de realizada la elección.
En la localidad de Irpacho, provincia Ingavi del municipio Viacha, circunscripción 19 del departamento de La Paz, se repetirá la votación en la Unidad Educativa Hacia El Mar, en la mesa número 4, porque el acta número 25638, con el resultado de los votos, se extravió. Similar situación se vivirá en la Unidad Educativa Rosemary de Barrientos, mesa 23 de la zona de Irpavi.
Entre el lunes 29 de febrero y el 5 de marzo, los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de las regiones en las que se repetirá la votación cumplirán con la designación, notificación y capacitación de jurados y juradas.
Conforme el artículo 177 parágrafo III de la Ley 026 de Régimen Electoral: “Declarada la nulidad, se repetirá el acto de votación en la mesa de sufragio correspondiente, con el mismo padrón y con nuevos jurados electorales, el segundo domingo siguiente de realizada la elección.