Imagen:
Desde el 28 de agosto y hasta el 11 de octubre, los medios de comunicación ya pueden registrarse o actualizar sus datos para la difusión de propaganda electoral pagada durante el Referendo Autonómico que se realizará el 25 de noviembre en los municipios de San Lucas, Zudáñez, Palos Blancos, Mizque y Puerto Quijarro.
De acuerdo al Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, los medios de comunicación con cobertura departamental que deseen habilitarse deben registrarse ante el Tribunal Electoral de Chuquisaca, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, que administrarán los procesos; y en el caso de los medios de comunicación con cobertura nacional, el registro y/o actualización deben hacerlo en el Tribunal Supremo Electoral (TED).
El Reglamento estable como documentos requeridos para el registro:
Sobre las tarifas, la Ley del Régimen Electoral señala que estas no pueden ser superiores al promedio de las tarifas cobradas efectivamente por concepto de publicidad comercial durante el semestre previo al acto electoral y deberán ser las mismas para todas las organizaciones.
En el caso de los medios de comunicación que ya se registraron para otros procesos, para habilitarse para el Referendo del 25 de noviembre solo deberán actualizar su tarifario y, si corresponde, modificar sus datos registrados.
El Reglamento estable como documentos requeridos para el registro:
- Carta de solicitud dirigida al Tribunal Electoral correspondiente, firmada por la o el propietario o representante legal del medio de comunicación.
- Fotocopia simple del poder notariado de la o el representante legal.
- Fotocopia simple de la cédula de identidad de la o el representante legal.
- Fotocopia simple del NIT del medio.
- Domicilio legal del medio de comunicación, número de fax y dirección de correo electrónico, para fines de notificación.
- Declaración jurada del tarifario en conformidad al artículo 117 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral y el Reglamento.
Sobre las tarifas, la Ley del Régimen Electoral señala que estas no pueden ser superiores al promedio de las tarifas cobradas efectivamente por concepto de publicidad comercial durante el semestre previo al acto electoral y deberán ser las mismas para todas las organizaciones.
En el caso de los medios de comunicación que ya se registraron para otros procesos, para habilitarse para el Referendo del 25 de noviembre solo deberán actualizar su tarifario y, si corresponde, modificar sus datos registrados.