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Con el objetivo de socializar y transparentar la información al sector de la prensa, periodistas de la ciudad de Oruro conocieron el procedimiento y características de la iniciativa ciudadana de Revocatoria de Mandato a Autoridades Electas, mediante una capacitación que brindó el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro.
La actividad se realizó el jueves 20 de junio y contó con la presencia de los vocales del Tribunal Supremo Electoral Tahuichi Tahuichi Quispe, Nancy Gutiérrez y Nelly Arista, quienes estuvieron en el encuentro junto al presidente del TED Oruro, Limber Arroyo, el vicepresidente Rudy Huayllas y el vocal Iver Pereira.
En la inauguración la vocal Nelly Arista recordó que en Sudamérica el primer mandatario a someterse a una revocatoria fue el expresidente venezolano Hugo Chávez, en 2004. En Bolivia rememoró el proceso electoral de revocatoria a presidente y prefectos en la gestión 2008, bajo la administración de la ex Corte Nacional Electoral.
La autoridad también abordó la situación de la revocatoria de mandato en el contexto de la actual Constitución Política del Estado a las autoridades que están a cargo de las instituciones públicas y las formas de fiscalización que tiene la ciudadanía.
“Estos mecanismos que nos permiten fiscalizar a través de la iniciativa y el revocatorio a las autoridades que les damos la delegación de poder administrar las instituciones públicas. ¿A quiénes se les hace la revocatoria de mandato? A quienes han sido elegidos conforme la Constitución Política del Estado, mas no así a las autoridades judiciales. (…) Es un control social a partir de la iniciativa, esta iniciativa, este mecanismo se dirige a las personas que están dirigiendo un departamento, municipio o un país, ya no va a las políticas como tal o las leyes, por eso es revocatoria de mandato”, expuso la vocal Arista.
A su vez, la vocal Nancy Gutiérrez, que tiene trayectoria como periodista y fue ejecutiva del Sindicato de Trabajadores de la Prensa de Oruro, explicó la importancia de realizar estas actividades con la prensa y que los periodistas conozcan sobre la normativa electoral y diferentes ámbitos para explicar e informar mejor a la sociedad.
“Es importante este evento para que podamos conocer cuántas solicitudes fueron rechazadas, cuántas se encuentran en trámite a nivel departamental, a nivel nacional y en qué consiste una revocatoria de mandato. El marco normativo, las leyes que nos rigen desde la Constitución Política del Estado (…). El Tribunal Supremo Electoral requiere de ese soporte periodístico comunicacional (porque) a veces es fácil atacar, pero cuán difícil es entender la situación”, afirmó la vocal Gutiérrez.
Finalmente, el vocal Tahuichi Tahuichi Quispe apuntó que el revocatorio de mandato se basa en la “confianza” que tienen los ciudadanos con sus gobernantes. También detalló el proceso de recepción de solicitudes de revocatoria que estableció el TSE para autoridades nacionales y subnacionales.
“La revocatoria significa quitar la confianza (…) cuando elegimos un presidente, un diputado, alcaldes, gobernadores, asambleístas y concejales, las elegimos porque les estamos dando confianza, y la constitución en el artículo 240 que cuando haya cumplido la media gestión ya se activa la revocatoria de mandato. A las autoridades nacionales podía revocarse hasta el 5 de enero de 2024, un tiempo de siete meses desde mayo de 2023. Ahora los hermanos alcaldes, asambleístas, concejales y gobernadores también hay un plazo que empezó el 6 de noviembre de 2023 y termina hasta este 15 de julio”, detalló la autoridad electoral.
Durante la exposición, el vicepresidente del TED Oruro Rudy Huayllas informó que en el departamento se habilitó dos procesos de revocatoria de mandato, El primero es al alcalde de Oruro, Adhemar Wilcarani, y el pleno de los 11 concejales del Concejo Municipal, a solicitud Pedro Ayma, habilitado como promotor. El ciudadano tiene hasta el 30 de junio para la presentación de libros de adherentes con firmas y huellas dactilares.
La segunda solicitud en vigencia corresponde contra el Gobernador de Oruro, Johnny Vedia, a petición de Juan Carlos Huanca, quien como promotor tiene hasta el 7 de julio para presentar los libros con las firmas y huellas dactilares de las personas que se adhieran a su solicitud.
El presidente Limber Arroyo acotó que estos deben cumplirse conforme establece la Ley 026 en su artículo 27. En caso de cumplir con la presentación de libros de los promotores, el TED Oruro tendrá 60 días para la verificación mediante el área de Tecnología, Comunicación e Información.
El vocal Pereira destacó que estos encuentros tienen como objetivo ilustrar a periodistas para que los mismos conozcan las normativas en materia electoral, “desearíamos que los periodistas tengan una especialidad en materia electoral sobre los temas que se tratan en procesos electorales, en la macro y microdemocracias”, finalizó.
El mecanismo de revocatoria de mandato a autoridades electas es parte de la democracia directa y participativa. Se la aplica a una autoridad electa (excepto autoridades judiciales), cuando cumplen la mitad de gestión, y es solicitada por una o un ciudadano o persona jurídica.
Una vez habilitado el solicitante como promotor, tiene 90 días para recolectar firmas y huellas en libros de adherentes. El artículo 26 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026) señala que para llevar adelante un referendo de revocatoria debe alcanzarse porcentajes de participación de personas: 25% para autoridades nacionales, departamentales y regionales, y de 30 % para autoridades municipales.
RY/ELL/TED Oruro
En la inauguración la vocal Nelly Arista recordó que en Sudamérica el primer mandatario a someterse a una revocatoria fue el expresidente venezolano Hugo Chávez, en 2004. En Bolivia rememoró el proceso electoral de revocatoria a presidente y prefectos en la gestión 2008, bajo la administración de la ex Corte Nacional Electoral.
“Estos mecanismos que nos permiten fiscalizar a través de la iniciativa y el revocatorio a las autoridades que les damos la delegación de poder administrar las instituciones públicas. ¿A quiénes se les hace la revocatoria de mandato? A quienes han sido elegidos conforme la Constitución Política del Estado, mas no así a las autoridades judiciales. (…) Es un control social a partir de la iniciativa, esta iniciativa, este mecanismo se dirige a las personas que están dirigiendo un departamento, municipio o un país, ya no va a las políticas como tal o las leyes, por eso es revocatoria de mandato”, expuso la vocal Arista.
A su vez, la vocal Nancy Gutiérrez, que tiene trayectoria como periodista y fue ejecutiva del Sindicato de Trabajadores de la Prensa de Oruro, explicó la importancia de realizar estas actividades con la prensa y que los periodistas conozcan sobre la normativa electoral y diferentes ámbitos para explicar e informar mejor a la sociedad.
Finalmente, el vocal Tahuichi Tahuichi Quispe apuntó que el revocatorio de mandato se basa en la “confianza” que tienen los ciudadanos con sus gobernantes. También detalló el proceso de recepción de solicitudes de revocatoria que estableció el TSE para autoridades nacionales y subnacionales.
Durante la exposición, el vicepresidente del TED Oruro Rudy Huayllas informó que en el departamento se habilitó dos procesos de revocatoria de mandato, El primero es al alcalde de Oruro, Adhemar Wilcarani, y el pleno de los 11 concejales del Concejo Municipal, a solicitud Pedro Ayma, habilitado como promotor. El ciudadano tiene hasta el 30 de junio para la presentación de libros de adherentes con firmas y huellas dactilares.
La segunda solicitud en vigencia corresponde contra el Gobernador de Oruro, Johnny Vedia, a petición de Juan Carlos Huanca, quien como promotor tiene hasta el 7 de julio para presentar los libros con las firmas y huellas dactilares de las personas que se adhieran a su solicitud.
El presidente Limber Arroyo acotó que estos deben cumplirse conforme establece la Ley 026 en su artículo 27. En caso de cumplir con la presentación de libros de los promotores, el TED Oruro tendrá 60 días para la verificación mediante el área de Tecnología, Comunicación e Información.
El vocal Pereira destacó que estos encuentros tienen como objetivo ilustrar a periodistas para que los mismos conozcan las normativas en materia electoral, “desearíamos que los periodistas tengan una especialidad en materia electoral sobre los temas que se tratan en procesos electorales, en la macro y microdemocracias”, finalizó.
El mecanismo de revocatoria de mandato a autoridades electas es parte de la democracia directa y participativa. Se la aplica a una autoridad electa (excepto autoridades judiciales), cuando cumplen la mitad de gestión, y es solicitada por una o un ciudadano o persona jurídica.
Una vez habilitado el solicitante como promotor, tiene 90 días para recolectar firmas y huellas en libros de adherentes. El artículo 26 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026) señala que para llevar adelante un referendo de revocatoria debe alcanzarse porcentajes de participación de personas: 25% para autoridades nacionales, departamentales y regionales, y de 30 % para autoridades municipales.
RY/ELL/TED Oruro