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Para desarrollar diferentes actividades en “año no electoral”, las organizaciones políticas del departamento de Oruro fueron capacitadas este viernes en la elaboración del Programa Operativo Anual y presupuesto 2022, en un curso virtual a cargo de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
La capacitación sirvió de mucho a las organizaciones políticas para la elaboración de ambas planificaciones y su presentación hasta el 31 de enero de 2022, fecha estipulada en el instructivo TSE-PRES-UTF N°01/2022, de 4 de enero de 2022. Los documentos deben contar la resolución de aprobación.
Con la vigencia plena de la Ley 1096, las organizaciones políticas del país están obligadas a registrar sus actividades a desarrollar en “año no electoral” mediante un Plan Operativo Anual de las actividades y sus requerimientos acompañados de la elaboración del presupuesto proyectado, expuso la jefa de la UTF, Viviana Vacaflores.
La actividad fue gestionada por el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro mediante la presidenta Zelma Janett López, para “absolver todas las preguntas previa a una capacitación. Esperamos que este espacio sea de mucha ayuda y se cumpla con el Instructivo del Tribunal Supremo Electoral”, afirmó en la inauguración de la capacitación virtual.
La vocal del área Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), Amelia Gutiérrez, sostuvo que este espacio permitirá a los delegados de las organizaciones políticas a elaborar su presupuesto y planificación 2022.
Estatuto adecuado, primer requisito
Para llevar adelante actividades, las organizaciones políticas deben contar con su estatuto adecuado a la Ley 1096 para llevar adelante las actividades. La jefa de UTF mencionó que la difusión y socialización del nuevo documento normativo interno de las organizaciones es una de las primeras actividades que debe cumplirse.
Las organizaciones políticas pueden desarrollar diferentes actividades, ya que el espíritu de la Ley 1096 es el fortalecimiento de la militancia mediante capacitaciones desde el ámbito político, normativo electoral, paridad y alternancia, y los manejos económicos que deben realizar las organizaciones políticas como el manejo del presupuesto, aportes, fiscalización y rendición de cuentas.
Al respecto, las organizaciones políticas deben calcular sobre la base del total del presupuesto de la gestión 2022, el límite máximo de contribución de sus militantes o simpatizantes el que no debe exceder el 10% considerando el presupuesto total. En año electoral el 10 % es calculado sobre la base del presupuesto reportado de la campaña electoral ante el TSE.
La Ley 1096 regula la constitución, funcionamiento y democracia interna de las organizaciones políticas, como parte del sistema de representación política y de la democracia intercultural y paritaria en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Con la vigencia plena de la Ley 1096, las organizaciones políticas del país están obligadas a registrar sus actividades a desarrollar en “año no electoral” mediante un Plan Operativo Anual de las actividades y sus requerimientos acompañados de la elaboración del presupuesto proyectado, expuso la jefa de la UTF, Viviana Vacaflores.
La actividad fue gestionada por el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Oruro mediante la presidenta Zelma Janett López, para “absolver todas las preguntas previa a una capacitación. Esperamos que este espacio sea de mucha ayuda y se cumpla con el Instructivo del Tribunal Supremo Electoral”, afirmó en la inauguración de la capacitación virtual.
La vocal del área Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), Amelia Gutiérrez, sostuvo que este espacio permitirá a los delegados de las organizaciones políticas a elaborar su presupuesto y planificación 2022.
Estatuto adecuado, primer requisito
Para llevar adelante actividades, las organizaciones políticas deben contar con su estatuto adecuado a la Ley 1096 para llevar adelante las actividades. La jefa de UTF mencionó que la difusión y socialización del nuevo documento normativo interno de las organizaciones es una de las primeras actividades que debe cumplirse.
Las organizaciones políticas pueden desarrollar diferentes actividades, ya que el espíritu de la Ley 1096 es el fortalecimiento de la militancia mediante capacitaciones desde el ámbito político, normativo electoral, paridad y alternancia, y los manejos económicos que deben realizar las organizaciones políticas como el manejo del presupuesto, aportes, fiscalización y rendición de cuentas.
Al respecto, las organizaciones políticas deben calcular sobre la base del total del presupuesto de la gestión 2022, el límite máximo de contribución de sus militantes o simpatizantes el que no debe exceder el 10% considerando el presupuesto total. En año electoral el 10 % es calculado sobre la base del presupuesto reportado de la campaña electoral ante el TSE.
La Ley 1096 regula la constitución, funcionamiento y democracia interna de las organizaciones políticas, como parte del sistema de representación política y de la democracia intercultural y paritaria en el Estado Plurinacional de Bolivia.