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Vocales del TSE.
El Órgano Electoral Plurinacional (OEP), respetuoso del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática, determinó en Sala Plena, acatar plenamente la Sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que declara la inconstitucionalidad del Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo.
El día de hoy miércoles 27 de enero de 2016, el Órgano Electoral Plurinacional ha conocido la Sentencia Constitucional 0011/2016 del Tribunal Constitucional Plurinacional, que declara la inconstitucionalidad del Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, aprobado por el Tribunal Supremo Electoral mediante Resolución TSE/RSP/L701/0141/2015 de 6 de noviembre de 2015, que hace referencia al límite de 15 minutos para las transmisiones en vivo y en directo de entrega de obras, por parte del gobierno nacional y los gobiernos autónomos subnacionales.
En ese sentido, a través de un comunicado público manifiesta a la ciudadanía:
• Respetuoso del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática, el Órgano Electoral Plurinacional acata plenamente la mencionada Sentencia Constitucional. En tal sentido, el Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo queda excluido de esta normativa.
• Reafirmamos la plena vigencia de las demás previsiones normativas contenidas en el Reglamento referido, las cuales rigen para la administración del Referendo Constitucional 2016 y futuros procesos referendarios en el país.
• El Órgano Electoral Plurinacional reafirma su convicción de asumir principios democráticos y de garantizar el ejercicio de los derechos políticos de las y los bolivianos en período electoral; incluido, de manera plena, el Derecho a la Información.
• El Órgano Electoral Plurinacional, con apego a su mandato constitucional y como máxima autoridad en materia electoral, continúa con la normal administración del proceso referendario del 21 de febrero, con la estricta aplicación de la normativa en relación a la campaña y la propaganda electoral.
• Por último, el Órgano Electoral Plurinacional convoca a las bolivianas y los bolivianos a participar de manera libre, plural e informada en el Referendo Constitucional del 21 de febrero, fortalecidendo así el ejercicio pleno de las diferentes formas de democracia.
En ese sentido, a través de un comunicado público manifiesta a la ciudadanía:
• Respetuoso del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática, el Órgano Electoral Plurinacional acata plenamente la mencionada Sentencia Constitucional. En tal sentido, el Artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo queda excluido de esta normativa.
• Reafirmamos la plena vigencia de las demás previsiones normativas contenidas en el Reglamento referido, las cuales rigen para la administración del Referendo Constitucional 2016 y futuros procesos referendarios en el país.
• El Órgano Electoral Plurinacional reafirma su convicción de asumir principios democráticos y de garantizar el ejercicio de los derechos políticos de las y los bolivianos en período electoral; incluido, de manera plena, el Derecho a la Información.
• El Órgano Electoral Plurinacional, con apego a su mandato constitucional y como máxima autoridad en materia electoral, continúa con la normal administración del proceso referendario del 21 de febrero, con la estricta aplicación de la normativa en relación a la campaña y la propaganda electoral.
• Por último, el Órgano Electoral Plurinacional convoca a las bolivianas y los bolivianos a participar de manera libre, plural e informada en el Referendo Constitucional del 21 de febrero, fortalecidendo así el ejercicio pleno de las diferentes formas de democracia.