- La independencia de la justicia electoral es un principio fundamental para los sistemas democráticos de Latinoamérica y el mundo, que implica también la aplicación de los principios de autonomía de los órganos jurisdiccionales en materia electoral, de imparcialidad y de resguardo de derechos políticos.
La observancia de estos principios protege la integridad del proceso electoral y por tanto contribuye al fortalecimiento de la democracia y al mantenimiento de la paz social; son principios esenciales para garantizar elecciones libres y justas, así como para preservar la legitimidad y la estabilidad de los sistemas democráticos.
2. La judicialización de los actos y procesos electorales tiene un efecto negativo en la legitimidad de los mismos, toda vez que genera controversia y desconfianza en los actos electorales, desvirtúa el fin de una decisión jurisdiccional-electoral y genera incertidumbre sobre las decisiones asumidas por los órganos electorales.
3. La imparcialidad y la independencia del Órgano Electoral en su función de administrar justicia electoral son fundamentales para garantizar que las decisiones sean justas y respetadas por todas las partes involucradas, de este modo una decisión judicial que “revise” una decisión de una instancia electoral no debe afectar la estabilidad y la legitimidad de los sistemas democráticos.
4. Garantizar la independencia de la justicia electoral requiere medidas que fortalezcan la imparcialidad, autonomía y calidad de las decisiones del OEP, protegiendo así la integridad y legitimidad de los procesos electorales en democracia. Estas medidas tienen que ver con el blindaje institucional de las autoridades electorales, la total autonomía financiera y administrativa, además de la capacitación y especialización de los administradores electorales.
5. No existen modelos de justicia electoral únicos; cada país tiene un modelo a su medida y conforme a su realidad y debe funcionar con autoridades electorales y jueces éticos, comprometidos con la justicia y con decisiones independientes de los demás Órganos del Poder Público.
6. Como parte de las estrategias institucionales, los organismos electorales deben construir una buena relación con líderes políticos, con sectores sociales, medios de comunicación, con líderes de opinión y con el poder político en general.
7. Defendemos la independencia de los órganos electorales, esencialmente en lo que corresponde a la administración de la Justicia Electoral, como valor determinante para el ejercicio pleno de la democracia; rechazamos cualquier posibilidad de injerencia de órgano público alguno o poder factico que emita instrucciones o ejerza presiones sobre los órganos electorales.
Del cuatro al seis de abril, magistrados de organismos electorales de Colombia, El Salvador, Honduras y México, además de miembros del Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica, reflexionaron en torno al estado de situación de la justicia electoral en la región.