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“En el caso del departamento del Beni solo tenemos solicitudes de revocatorio para los gobiernos municipales, se tiene 24 solicitudes de revocatorio de mandato en curso, en cuatro municipios de tres provincias (Cercado, Vaca Diez y Ballivián), de los cuales los alcaldes de Trinidad, Reyes, Riberalta y Santa Rosa, y los concejales de Trinidad, Riberalta y Reyes están en este proceso de revocatorio para este año 2024”, informó el secretario de Cámara del TED Beni, Einar Ramos.
La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional mediante el cual la ciudadanía, a través del voto universal, decide la continuidad o el cese de funciones de autoridades electas por voto popular, de acuerdo a lo previsto por la Constitución Política del Estado, la Ley 026 del Régimen Electoral y el Reglamento de Condiciones Administrativas para los procesos de Revocatorio de Mandato de Autoridades Electas por Voto Popular.
Se hace uso de este mecanismo cuando una autoridad cumplió la mitad de su gestión; en el caso de las autoridades nacionales, el plazo para activarlo, si se toma en cuenta las actuales gestiones, venció el 5 de enero de 2024; mientras que para gobernadores o alcaldes el cronograma señala el lunes 15 de julio de 2024 como fecha límite.
El Secretario de Cámara del Tribunal Electoral Departamental (TED) del Beni precisó que “si una persona o varias consideran que la gestión de una autoridad ha sido deficiente o no ha cumplido con el programa de gobierno comprometido, la ley posibilita que estos pueden solicitar la revocatoria de mandato, la cual debe cumplir determinados requisitos y pasos desde el inicio hasta su finalización”.
Ramos aclaró también que esta medida solo puede hacerse una vez durante el periodo de mandato de la autoridad electa, a través de una iniciativa popular. Además, la revocatoria se puede pedir a cualquier autoridad electa por voto y afecta tanto al titular como al suplente, de nivel nacional, departamental, regional o municipal, con excepción del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional.
Para que la autoridad sea revocada de sus funciones deben cumplirse dos condiciones: que gane los votos por el SÍ y que tanto el número y porcentaje de votos válidos a favor de la revocatoria sea superior al número y porcentaje de votos que recibió la autoridad cuando fue electa.
El TED Beni asegura un seguimiento riguroso y transparente a este proceso, en cumplimiento de la normativa, para garantizar la participación ciudadana en la toma de decisiones.
MN / ER / Sifde TED Beni