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Este 5 de febrero vence el plazo para el registro e inscripción de los medios de comunicación interesados en habilitarse para la difusión de propaganda electoral pagada, en el marco de la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales 2026, conforme a lo establecido en la actividad 3 del calendario electoral.
El anuncio fue realizado por la vicepresidenta del TED Santa Cruz, Fanny Vaca, quien informó que para este efecto se encuentra habilitado el Sistema de Monitoreo de Propaganda Electoral (https://simpe.oep.org.bo/), del Órgano Electoral Plurinacional (OEP). “Los medios de comunicación deben registrarse en el Simpe, del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), dependiente del Tribunal Supremo Electoral”, señaló.
Asimismo, la autoridad aclaró que la plataforma estará habilitada para el registro hasta las 23:59 del 5 de febrero y que las tarifas inscritas por los medios de comunicación no pueden ser superiores al promedio de las tarifas cobradas efectivamente por concepto de publicidad comercial durante el semestre previo al acto electoral. “Deberán ser iguales para todas las organizaciones políticas y alianzas que contraten propaganda electoral” precisó.
“Deben registrarse los medios de comunicación tradicionales de alcance nacional, departamental, regional, municipal y de los de los territorios de las autonomías indígena originario campesinas, y todos los medios de comunicación digital con dominio propio que deseen difundir de propaganda electoral”, complementó.
Requisitos
Para registros realizados en las Elecciones Generales 2025, solo se debe realizar la habilitación para las Elecciones Subnacionales 2026, adjuntando:
Los requisitos citados para el registro deben ser digitalizados e incluidos en el Simpe.
MF/JB/TED Santa Cruz
Asimismo, la autoridad aclaró que la plataforma estará habilitada para el registro hasta las 23:59 del 5 de febrero y que las tarifas inscritas por los medios de comunicación no pueden ser superiores al promedio de las tarifas cobradas efectivamente por concepto de publicidad comercial durante el semestre previo al acto electoral. “Deberán ser iguales para todas las organizaciones políticas y alianzas que contraten propaganda electoral” precisó.“Deben registrarse los medios de comunicación tradicionales de alcance nacional, departamental, regional, municipal y de los de los territorios de las autonomías indígena originario campesinas, y todos los medios de comunicación digital con dominio propio que deseen difundir de propaganda electoral”, complementó.
Requisitos
- Poder notariado o Seprec, si corresponde.
- Cédula de identidad de la o el propietario, o representante legal del medio de comunicación.
- NIT del medio de comunicación.
- Carta de solicitud dirigida al Tribunal Electoral correspondiente firmada por la o el propietario, o representante legal del medio de comunicación, número de celular con WhatsApp y dirección de correo electrónico, para fines de notificación.
- Carta dirigida al Tribunal Electoral correspondiente que señale que no tiene impedimento alguno para difundir propaganda electoral y cobertura del medio de comunicación, con sello y firma del representante legal.
- Tarifarios del medio de comunicación, expresado en moneda nacional, tanto de cobertura nacional como departamental, con sello y firma del representante legal.
Para registros realizados en las Elecciones Generales 2025, solo se debe realizar la habilitación para las Elecciones Subnacionales 2026, adjuntando:
- Carta de solicitud dirigida al Tribunal Electoral correspondiente firmada por la o el propietario, o representante legal del medio de comunicación, número de celular con WhatsApp y dirección de correo electrónico, para fines de notificación.
- Carta dirigida al Tribunal Electoral correspondiente que señale que no tiene impedimento alguno para difundir propaganda electoral y cobertura del medio de comunicación, con sello y firma del representante legal.
- Tarifarios del medio de comunicación, expresado en moneda nacional, tanto de cobertura nacional como departamental, con sello y firma del representante legal.
Los requisitos citados para el registro deben ser digitalizados e incluidos en el Simpe.MF/JB/TED Santa Cruz






