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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) sorteará este viernes 6 de septiembre, a las 11:00, en un acto público, el orden para la difusión de la propaganda electoral gratuita de los siete partidos políticos y las dos alianzas que participan en las Elecciones Generales, para su difusión a través de los tres medios de comunicación del Estado.
La difusión se realizará como parte del derecho a la información que tiene la ciudadanía, “en el marco de sus derechos fundamentales a la comunicación y a la información, para la participación en los procesos electorales, según establece la Ley N° 026 del Régimen Electoral”.
Desde el 20 de septiembre hasta el miércoles 16 de octubre, 72 horas previas a la jornada electoral, se efectuará la difusión de la propaganda gratuita. Durante este periodo, las nueve organizaciones políticas podrán promocionar a sus candidaturas, difundirán sus programas de gobierno y solicitarán el voto de la ciudadanía mediante mensajes que serán emitidas a través de medios de comunicación del Estado.
De acuerdo al artículo 20 del Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral “Todos los medios de comunicación estatal están obligados a la difusión gratuita de propaganda electoral”.
En el parágrafo II establece que “la difusión se realizará de conformidad a los planes de difusión elaborados por el TSE para cada medio”.
En ese marco, después del sorteo, las organizaciones políticas y alianzas que participan en este proceso, deberán enviar sus piezas al TSE (spots para televisión, cuñas radiofónicas y diseño para medios impresos) para que esta instancia electoral remita el material a los tres medios de comunicación estatales.
Desde el 20 de septiembre hasta el miércoles 16 de octubre, 72 horas previas a la jornada electoral, se efectuará la difusión de la propaganda gratuita. Durante este periodo, las nueve organizaciones políticas podrán promocionar a sus candidaturas, difundirán sus programas de gobierno y solicitarán el voto de la ciudadanía mediante mensajes que serán emitidas a través de medios de comunicación del Estado.
De acuerdo al artículo 20 del Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral “Todos los medios de comunicación estatal están obligados a la difusión gratuita de propaganda electoral”.
En el parágrafo II establece que “la difusión se realizará de conformidad a los planes de difusión elaborados por el TSE para cada medio”.
En ese marco, después del sorteo, las organizaciones políticas y alianzas que participan en este proceso, deberán enviar sus piezas al TSE (spots para televisión, cuñas radiofónicas y diseño para medios impresos) para que esta instancia electoral remita el material a los tres medios de comunicación estatales.
Diferencias en la propaganda electoral
- Propaganda electoral pagada: Es financiada con recursos propios de los partidos políticos y alianzas.
- Propaganda electoral gratuita: Es difundida por los medios del Estado de manera gratuita.
- Propaganda de fortalecimiento público: Es financiada con recursos del Estado.