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El secretario de Cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Fernando Arteaga, informó que los requisitos para el registro e inscripción de candidaturas son tres: programa de gobierno, lista impresa de las y los candidatos, y la documentación de respaldo.
Asimismo, confirmó que hasta el mediodía de este domingo cinco organizaciones políticas iniciaron el registro digital de sus candidatas y candidatos.
Arteaga destacó la asistencia técnica que brinda el personal del TSE y señaló que dicho asesoramiento se mantendrá de manera permanente las últimas 24 horas hasta que fenezca el plazo, a fin facilitar el registro e inscripción de candidaturas por parte de las diferentes organizaciones políticas.
Según la autoridad electoral hay 10 organizaciones políticas habilitadas para participar en las Elecciones Generales 2025 y señaló que el sistema de registro está funcionando a la perfección.
El Reglamento para la Inscripción y Registro de Candidaturas Elecciones Generales 2025, aprobado mediante Resolución TSE-RSP-ADM N° 0184/2025 el 1 de abril del año en curso, establece para el registro e inscripción de candidaturas los requisitos y documentos que se enumeran a continuación.
Documentación sobre las y los candidatos que deberá acompañar a las listas
Junto con la lista de candidaturas, el delegado acreditado de la organización o alianza política debe presentar los siguientes documentos de todas las candidatas y todos los candidatos:
Paridad y alternancia y otras exigencias que las listas deberán observar
Asimismo, las organizaciones políticas y alianzas deben presentar las listas de candidatas y candidatos de forma impresa y digital, firmadas y rubricadas por los delegados acreditados para la revisión de requisitos por la Secretaria de Cámara del TSE.
El reglamento establece también que las listas de candidatas y candidatos presentadas por los partidos políticos y alianzas deben cumplir con los criterios de paridad y alternancia. En caso contrario, el registro de candidaturas no podrá completarse.
Los partidos políticos y alianzas podrán presentar las siguientes cantidades mínimas de candidatas y candidatos:
Todo esto hace en total un mínimo de 144 candidatas y candidatos por cada lista.
Verificación de documentación, observación, sustitución y retiro de candidaturas
La documentación presentada será verificada por la Secretaría de Cámara del TSE. Concluida la verificación, se emitirá un informe detallado con la lista de candidaturas observadas, las que no presentaron documentación y otra información relevante.
Sobre la base del artículo 105 de la Ley 026 (Ley del Régimen Electoral), el TSE dispondrá la inhabilitación de candidaturas que no acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado y la ley.
Según el calendario electoral, la lista de las y los candidatos habilitados será presentada el 6 de junio en medios de comunicación y en el portal web del TSE.
LMY/MO/TSE
Arteaga destacó la asistencia técnica que brinda el personal del TSE y señaló que dicho asesoramiento se mantendrá de manera permanente las últimas 24 horas hasta que fenezca el plazo, a fin facilitar el registro e inscripción de candidaturas por parte de las diferentes organizaciones políticas.
Según la autoridad electoral hay 10 organizaciones políticas habilitadas para participar en las Elecciones Generales 2025 y señaló que el sistema de registro está funcionando a la perfección.
El Reglamento para la Inscripción y Registro de Candidaturas Elecciones Generales 2025, aprobado mediante Resolución TSE-RSP-ADM N° 0184/2025 el 1 de abril del año en curso, establece para el registro e inscripción de candidaturas los requisitos y documentos que se enumeran a continuación.
Documentación sobre las y los candidatos que deberá acompañar a las listas
Junto con la lista de candidaturas, el delegado acreditado de la organización o alianza política debe presentar los siguientes documentos de todas las candidatas y todos los candidatos:
- Documentos que certifiquen la nacionalidad boliviana y mayoría de edad; los candidatos hombres deberán presentar la libreta de servicio militar;
- No tener pliego de cargo ejecutoriado ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal;
- Declaración notarial que avale no estar comprendida ni comprendido en casos de prohibición de incompatibilidad e inelegibilidad;
- Estar inscrita o inscrito o en el padrón electoral;
- Hablar al menos dos idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia;
- No contar con antecedentes de violencia;
- Haber residido en el país cinco (5) años en el caso de candidatos a presidente o vicepresidente, y dos años para los otros cargos.
Paridad y alternancia y otras exigencias que las listas deberán observar
Asimismo, las organizaciones políticas y alianzas deben presentar las listas de candidatas y candidatos de forma impresa y digital, firmadas y rubricadas por los delegados acreditados para la revisión de requisitos por la Secretaria de Cámara del TSE.
El reglamento establece también que las listas de candidatas y candidatos presentadas por los partidos políticos y alianzas deben cumplir con los criterios de paridad y alternancia. En caso contrario, el registro de candidaturas no podrá completarse.
Los partidos políticos y alianzas podrán presentar las siguientes cantidades mínimas de candidatas y candidatos:
- Senadoras/es: 27
- Diputadas/os plurinominales: 38
- Diputadas/os uninominales: 63
- Diputadas/os especiales: 7
- Representantes ante organismos supraestatales: 9
Todo esto hace en total un mínimo de 144 candidatas y candidatos por cada lista.
Verificación de documentación, observación, sustitución y retiro de candidaturas
La documentación presentada será verificada por la Secretaría de Cámara del TSE. Concluida la verificación, se emitirá un informe detallado con la lista de candidaturas observadas, las que no presentaron documentación y otra información relevante.
Sobre la base del artículo 105 de la Ley 026 (Ley del Régimen Electoral), el TSE dispondrá la inhabilitación de candidaturas que no acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado y la ley.
Según el calendario electoral, la lista de las y los candidatos habilitados será presentada el 6 de junio en medios de comunicación y en el portal web del TSE.
LMY/MO/TSE