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El Tribunal Supremo Electoral recibió hasta el momento el compromiso de tres organizaciones y alianzas políticas que participan de las Elecciones Generales 2020, para el cumplimiento de la paridad y alternancia en las listas finales de candidaturas en apego a la Constitución Política y las leyes.
El organismo electoral entregó actas de Compromiso a las ocho fuerzas y alianzas políticas que participan de los comicios de octubre de éste año para “realizar las sustituciones de candidatas y candidatos inhabilitados, tomando en cuenta que el requisito de paridad y alternancia debe cumplirse en las listas finales” y “presentar a cabalidad y sin errores los documentos de las candidatas registradas en la etapa de sustitución para que éstas sean habilitadas”.
El Área de Género del TSE sostuvo un encuentro con organizaciones y alianzas políticas el 28 de agosto 2020 y presentó el estado de sus listas con respecto al cumplimiento de la paridad y alternancia de género.
Comunidad Ciudadana (CC), la alianza Juntos y el Movimiento Al Socialismo (MAS – IPSP) remitieron al TSE el documento suscrito, comprometiéndose a cumplir voluntariamente la paridad y alternancia de género. Las Naciones y Pueblos Indígenas Originario Campesinas que registraron candidaturas en las circunscripciones especiales cumplieron con el requisito de paridad y fueron habilitadas sin ninguna observación.
Más allá del compromiso de las fuerzas políticas, el Tribunal Supremo Electoral garantiza que las listas finales estén conformadas de manera paritaria. El incumplimiento implica el rechazo de la plancha de candidatos (artículo 107 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral).
El Área de Género del TSE sostuvo un encuentro con organizaciones y alianzas políticas el 28 de agosto 2020 y presentó el estado de sus listas con respecto al cumplimiento de la paridad y alternancia de género.
Comunidad Ciudadana (CC), la alianza Juntos y el Movimiento Al Socialismo (MAS – IPSP) remitieron al TSE el documento suscrito, comprometiéndose a cumplir voluntariamente la paridad y alternancia de género. Las Naciones y Pueblos Indígenas Originario Campesinas que registraron candidaturas en las circunscripciones especiales cumplieron con el requisito de paridad y fueron habilitadas sin ninguna observación.
Más allá del compromiso de las fuerzas políticas, el Tribunal Supremo Electoral garantiza que las listas finales estén conformadas de manera paritaria. El incumplimiento implica el rechazo de la plancha de candidatos (artículo 107 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral).