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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que a partir de las 00:00 de este jueves 19 de marzo, entra en vigencia el período de silencio electoral que prohíbe la difusión de propaganda y la realización de actividades proselitistas en todo el país en el marco de las Elecciones Subnacionales 2026.
La medida respaldada por la Ley N.° 026 del Régimen Electoral, el Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral y la Resolución TSE-RSP-ADM N° 113/2026, tiene como objetivo garantizar que la ciudadanía reflexione su voto sin influencias externas antes de la jornada electoral prevista para el domingo 22 de marzo.
Según el artículo 111 de la Ley N.° 026, se considera propaganda electoral a todo mensaje o acción orientada a promover organizaciones políticas o candidaturas, difundir programas de gobierno o solicitar el voto, cuya difusión está permitida únicamente hasta 72 horas antes del día de la votación.
Según establece la Resolución TSE-RSP-ADM N° 113/2026, desde las 00:00 del jueves 19 de marzo hasta las 18:00 del domingo 22 de marzo queda prohibida cualquier manifestación pública de apoyo o rechazo a candidaturas.
Asimismo, el TSE recordó que desde las 00:00 del viernes 20 de marzo y hasta las 12:00 del día siguiente a la elección, está prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en domicilios particulares y en todo tipo de establecimientos públicos y privados.
Entre otras restricciones, se prohíbe portar armas de fuego, objetos punzocortantes o instrumentos peligrosos, medida que no alcanza a las Fuerzas Armadas, ni a la Policía Nacional en funciones de seguridad.
Durante la jornada electoral, desde las 00:00 hasta las 24:00 del domingo 22 de marzo, también estarán prohibidos los actos, reuniones o espectáculos públicos, así como el traslado de electores entre recintos de votación, bajo sanción conforme a la normativa vigente.
Finalmente, se restringirá la circulación de vehículos motorizados durante el día de la votación, salvo aquellos autorizados por el TSE o los Tribunales Electorales Departamentales, los cuales quedan exentos vehículos de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas que cumplan tareas de seguridad.
Según el artículo 111 de la Ley N.° 026, se considera propaganda electoral a todo mensaje o acción orientada a promover organizaciones políticas o candidaturas, difundir programas de gobierno o solicitar el voto, cuya difusión está permitida únicamente hasta 72 horas antes del día de la votación.
Según establece la Resolución TSE-RSP-ADM N° 113/2026, desde las 00:00 del jueves 19 de marzo hasta las 18:00 del domingo 22 de marzo queda prohibida cualquier manifestación pública de apoyo o rechazo a candidaturas.
Asimismo, el TSE recordó que desde las 00:00 del viernes 20 de marzo y hasta las 12:00 del día siguiente a la elección, está prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en domicilios particulares y en todo tipo de establecimientos públicos y privados.
Entre otras restricciones, se prohíbe portar armas de fuego, objetos punzocortantes o instrumentos peligrosos, medida que no alcanza a las Fuerzas Armadas, ni a la Policía Nacional en funciones de seguridad.
Durante la jornada electoral, desde las 00:00 hasta las 24:00 del domingo 22 de marzo, también estarán prohibidos los actos, reuniones o espectáculos públicos, así como el traslado de electores entre recintos de votación, bajo sanción conforme a la normativa vigente.
Finalmente, se restringirá la circulación de vehículos motorizados durante el día de la votación, salvo aquellos autorizados por el TSE o los Tribunales Electorales Departamentales, los cuales quedan exentos vehículos de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas que cumplan tareas de seguridad.






