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Vocal del TSE, Francisco Vargas Camacho informa sobre la entrega de libros.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó la Resolución TSE-RSP-ADM N° 377/2022, con la cual se autoriza la recolección de firmas de adhesión y huellas dactilares a los promotores de la iniciativa popular para reformar la Constitución Política del Estado (CPE) en el ámbito judicial.
El vocal del TSE Francisco Vargas informó que los promotores de esta iniciativa tienen un plazo de 90 días calendario para recolectar las firmas, que deben alcanzar al menos el 20 % del electorado a escala nacional.
“Se ha instruido a la Secretaría de Cámara del TSE la entrega del formato de los libros, los requisitos técnicos y jurídicos para la recolección de firmas de adherentes bajo constancia”, señaló el Vocal.
A fines de julio de este año, un grupo de ciudadanos presentó al TSE la iniciativa popular para la reforma parcial de la CPE y solicitaron autorización para la recolección de firmas y adhesiones, además de la entrega de libros, como establece la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
Vargas explicó que ese 20 % de firmas de adherentes debe contener las rúbricas de ciudadanos, una vez que se cumpla este requisito el TSE hará una verificación de las firmas sobre la base del Padrón Electoral.
El Vocal indicó que de acuerdo a la Ley Nº 254, Art. 152 del Código Procesal Constitucional, la propuesta de reforma parcial de la CPE será revisada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, una vez que el TSE haya comunicado la obtención de firmas de por lo menos el 20 % del electorado. RES-TSE-RSP-ADM-377-2022
“Se ha instruido a la Secretaría de Cámara del TSE la entrega del formato de los libros, los requisitos técnicos y jurídicos para la recolección de firmas de adherentes bajo constancia”, señaló el Vocal.
A fines de julio de este año, un grupo de ciudadanos presentó al TSE la iniciativa popular para la reforma parcial de la CPE y solicitaron autorización para la recolección de firmas y adhesiones, además de la entrega de libros, como establece la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
Vargas explicó que ese 20 % de firmas de adherentes debe contener las rúbricas de ciudadanos, una vez que se cumpla este requisito el TSE hará una verificación de las firmas sobre la base del Padrón Electoral.
El Vocal indicó que de acuerdo a la Ley Nº 254, Art. 152 del Código Procesal Constitucional, la propuesta de reforma parcial de la CPE será revisada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, una vez que el TSE haya comunicado la obtención de firmas de por lo menos el 20 % del electorado. RES-TSE-RSP-ADM-377-2022