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Hasta la fecha, 14 medios de comunicación se registraron en el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz (TED SC) y solicitaron autorización para difundir propaganda electoral pagada y/o acceder propaganda del fortalecimiento público durante las Elecciones Generales 2020. “La inscripción inició el 6 de enero y concluirá el 19 de marzo, en cumplimiento de las actividades 4 y 6 del Calendario Electoral”, informó el presidente de la entidad, Saúl Paniagua.
Todos los medios de comunicación de alcance nacional, departamental, regional o local que deseen habilitarse para la difusión de propaganda electoral durante las Elecciones Generales 2020 deben registrarse ante el Tribunal Electoral correspondiente, dispone el artículo 6 del Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral, aprobado por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Están obligados a registrarse los medios radiales, escritos, televisivos, así como los medios digitales que tengan dominio propio, entre ellos páginas independientes, medios de comunicación, radios y canales de Internet.
Los medios de comunicación de alcance nacional o con cobertura en más de dos departamentos deben solicitar al TSE su habilitación para la difusión de propaganda, en tanto que los medios de alcance departamental, regional o local deberán tramitar su habilitación en los respectivos Tribunales Electorales Departamentales (TED).
Los requisitos establecidos para el registro e inscripción de medios son los siguientes:
Los medios pueden registrarse presentando documentos impresos y también en línea, llenando el formulario publicado en la página web www.oep.org.bo.
Están obligados a registrarse los medios radiales, escritos, televisivos, así como los medios digitales que tengan dominio propio, entre ellos páginas independientes, medios de comunicación, radios y canales de Internet.
Los medios de comunicación de alcance nacional o con cobertura en más de dos departamentos deben solicitar al TSE su habilitación para la difusión de propaganda, en tanto que los medios de alcance departamental, regional o local deberán tramitar su habilitación en los respectivos Tribunales Electorales Departamentales (TED).
Los requisitos establecidos para el registro e inscripción de medios son los siguientes:
- Carta de solicitud dirigida al TSE o TED correspondiente, firmada por el propietario o representante legal del medio de comunicación, acompañando copia simple del poder notariado, si corresponde.
- Fotocopia simple de la cédula de identidad del propietario o representante legal.
- Fotocopia simple del NIT del medio.
- Domicilio legal del medio de comunicación, número de fax o dirección de correo electrónico para fines de notificación.
- Fotocopia del certificado del Registro de Comercio, si corresponde.
- Para el registro de redes nacionales, testimonio de protocolización de sociedad accidental que acredite la representación legal de la red de medios de comunicación a nivel nacional.
- Declaración jurada señalando no tener impedimento para difundir propaganda para el fortalecimiento público, ni para ser contratado por el Estado; la cobertura efectiva del medio de comunicación; detalle de franjas horarias, tandas programas y sus alternativas; espacios y tarifas correspondientes para difusión de propaganda electoral, según el formato establecido para tal efecto, y la disponibilidad para difusión de propaganda electoral.
Los medios pueden registrarse presentando documentos impresos y también en línea, llenando el formulario publicado en la página web www.oep.org.bo.