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El Tribunal Electoral Departamental La Paz otorgará hasta el 6 de abril certificados de exención a las y los electores que no pudieron emitir su voto por causas justificadas en la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales 2021.
En cumplimiento del artículo 154 de Ley N. 026 del Régimen Electoral, las y los electores tienen un plazo de 30 días posteriores al día de la votación para tramitar su certificado de exención si no pudieron sufragar por motivos de fuerza mayor.
Los ciudadanos pueden solicitar el certificado de exención presentando en ventanillas del TED La Paz su cédula de identidad y una justificación documentada que respalde la no participación en el día de la Elección.
El certificado de exención es el único documento oficial, además del certificado de sufragio, requerido durante 90 días posteriores a la elección para: acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener pasaporte. Están eximidos de esta exigencia las y los adultos mayores de 60 años de edad.
El TED La Paz atiende al público del 8 de marzo al 6 de abril en sus oficinas de la Av. 20 de Octubre esquina Juan José Pérez, de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 16:00.
Los ciudadanos pueden solicitar el certificado de exención presentando en ventanillas del TED La Paz su cédula de identidad y una justificación documentada que respalde la no participación en el día de la Elección.
El certificado de exención es el único documento oficial, además del certificado de sufragio, requerido durante 90 días posteriores a la elección para: acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios y obtener pasaporte. Están eximidos de esta exigencia las y los adultos mayores de 60 años de edad.
El TED La Paz atiende al público del 8 de marzo al 6 de abril en sus oficinas de la Av. 20 de Octubre esquina Juan José Pérez, de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 16:00.